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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                         medios y fines necesarios para lograr los objetivos que solventarán los problemas identificados
                                                         en la población objetivo, permitiendo su consecución a través de la adecuada planeación del
                                                         presupuesto de egresos.

                                                    b)	Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). El ente fiscalizado no presentó las Matrices
                                                         de Indicadores para Resultados (MIR), en el Presupuesto de Egresos Aprobado de los
                                                         Programas Presupuestarios, por lo que no acreditó que hayan diseñado los Programas
                                                         Presupuestarios de conformidad con la Metodología del Marco Lógico (MML), con una
                                                         estructura adecuada en la determinación del fin, propósito, componentes y actividades de
                                                         los programas, identificando los indicadores pertinentes para la medición de los objetivos y
                                                         las metas de los mismos, así como la población objetivo y que no fueran congruentes con los
                                                         planes estatales y municipales de desarrollo; de igual manera, no acreditó que los indicadores
                                                         cumplieran con los criterios de Claridad, es decir que sean entendible e inequívocos;
                                                         Relevantes, que provean información esencial sobre el objetivo que se quiere medir;
                                                         Económico, debiendo elegir aquellos que estén disponibles a un costo razonable; sujetándose
                                                         a una comprobación independiente y adecuado, debiendo proveer suficientes bases para medir
                                                         el indicador.

                                                  Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Comaltepec, Distrito de Ixtlán
                                                  de Juárez, Oaxaca, no acreditó que el diseño de los Programas Presupuestarios “Desarrollo
                                                  Social y Humano” y “Gobierno moderno”, cumplieran con los elementos cualitativos de la Matriz de
                                                  Indicadores para Resultados (MIR).

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                            Ley General de Contabilidad Gubernamental.

                                                            Artículo 61 fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y presupuestaria
                                                            y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las
                                                            demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos
                                                            equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: b) El listado de programas así como sus
                                                            indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”

                                                            Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

                                                            Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
                                                            deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
                                                            que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
                                                            deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
                                                            menos objetivos anuales, estrategias y metas.”

                                                  Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
                                                  programas autorizados, mediante los indicadores reportados en la cuenta pública.
                                                  De la revisión y análisis a los Programas Presupuestarios “Desarrollo Social y Humano” y
                                                  “Gobierno moderno”, respecto a los objetivos y metas presentados en el Reporte de Programas
                                                  Presupuestarios integrado en la Cuenta Pública 2022, se constató lo siguiente: respecto al
                                                  programa presupuestario denominado “Desarrollo Social y Humano” se verificó que reporta en la
                                                  Cuenta Pública 2022, el alcance del 100% de las metas, de las actividades “Servicios personales,
                                                  materiales y suministros, servicios generales, ayudas y bienes muebles e inmuebles” y “Programa
                                                  de fortalecimiento a la transversalidad de la perspectiva de género” en la unidad de medida
                                                  “porcentaje”, y 15% de metas alcanzadas la actividad “Rehabilitación de espacios multideportivos”,
                                                  en la unidad de medida “metros cuadrados” y referente al programa “Gobierno Moderno”, reporta
                                                  el cumplimiento del 170% de las metas, en la unidad de medida “metros lineales”. Por otra parte,
                                                  de la inspección física realizada por personal auditor de esta Auditoría Superior de Fiscalización en
                                                  compañía de personal del Ayuntamiento Municipal, los días 29 y 30 de mayo del presente año, a
                                                  las obras registradas en los programas antes mencionados; “Rehabilitación de cancha municipal
                                                  (2022)”, “Rehabilitación de espacios multideportivos” y “Rehabilitación del sistema de agua potable
                                                  3ª etapa (2022)”, se pudo percatar y de acuerdo a información proporcionada por los beneficiarios

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