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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
de obras públicas a que hace referencia la presente ley, tratándose de instalaciones públicas e infraestructura urbana deberán asegurar la
accesibilidad, evacuación, y libre tránsito, para todas las personas con discapacidad, para ello deberán cumplir con las normas de diseño y
de señalización que contengan, asimismo, se deberá de proponer las adecuaciones a las instalaciones públicas como infraestructura urbana
existente, a efecto de que cubran las necesidades de las personas con discapacidad; XXVI.- Coadyuvar en la ejecución de los planes y
programas federales y estatales en el Municipio.”.
Diseño del programa
De los Programas Presupuestarios “Desarrollo Social y Humano” y “Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Territorial”, integrados en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2022, de conformidad
con los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la
Metodología del Marco Lógico:
a) Árbol de Problemas: Respecto a que no presentó en el Presupuesto de Egresos Aprobado, el
árbol de problemas del Programa Presupuestario “Desarrollo Social y Humano” y “Desarrollo
Urbano y Ordenamiento Territorial”, por lo que no acreditó que haya efectuado un diagnóstico
pertinente para identificar el origen, comportamiento y consecuencias de los problemas que
originan o motivan la necesidad de la intervención gubernamental.
b) Árbol de Objetivos: Respecto a que no presentó en el Presupuesto de Egresos Aprobado,
el árbol de objetivo del Programa Presupuestario “Desarrollo Social y Humano” y “Desarrollo
Urbano y Ordenamiento Territorial”, el cual no acredita que haya realizado el análisis y
valoración de las opciones de acción más efectivas para determinar los medios y fines
necesarios para lograr los objetivos que solventarán los problemas identificados en la
población objetivo.
c) Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). Respecto a que no presentó la Matriz de
Indicadores para Resultados (MIR), en el Presupuesto de Egresos Aprobado del Programa
Presupuestario “Desarrollo Social y Humano” y “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial”,
el cual no acreditó que hayan diseñado los Programas Presupuestarios de conformidad con la
Metodología del Marco Lógico.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental artículo 61
fracción II inciso b); Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
artículo 18 párrafo primero; que a la letra dicen:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 61 fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y presupuestaria
y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos
equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: b) El listado de programas así como sus
indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
programas autorizados, mediante los indicadores reportados en la cuenta pública
De los Programas Presupuestarios “Desarrollo Social y Humano” y “Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Territorial”, respecto a los objetivos y metas presentados en el Reporte de Programas
Presupuestarios integrado en la Cuenta Pública 2022:
Respecto a que, del programa “Desarrollo Social y Humano”, reporta el cumplimiento del 60%
de las metas alcanzadas de una meta programada “20 partidas”, observándose que la unidad de
medida de la meta reportada no es clara ni precisa para identificar el bien o servicio producto del
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