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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Congruencia del programa autorizado con los indicadores de situación de pobreza y rezago
                                                  social

                                                  Relativo a que el programa “Desarrollo urbano y ordenamiento territorial” no incide en los
                                                  indicadores de pobreza o rezago social, debido a que la obra ejecutada no se asocia a dichos
                                                  indicadores, por lo que no demuestra que la ejecución del programa haya sido acorde con los
                                                  indicadores establecidos en dicho informe.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal artículo 33 apartado A,
                                                  fracción II y Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la
                                                  Infraestructura Social, numeral 2.2. Uso de los recursos del FAIS, párrafo tercero; que a la
                                                  letra dicen:

                                                           Ley de Coordinación Fiscal.

                                                           Artículo 33 apartado A, fracción II: “Los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, se destinarán a los siguientes
                                                           rubros: II. Fondo de Infraestructura Social para las Entidades: obras y acciones que beneficien preferentemente a la población de los
                                                           municipios, demarcaciones territoriales y localidades que presenten mayores niveles de rezago social y pobreza extrema en la entidad.
                                                           Asimismo, las obras y acciones que se realicen con los recursos del fondo a que se refiere este artículo, se deberán orientar preferentemente
                                                           conforme al Informe anual de la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones
                                                           territoriales que realice la Secretaría de Desarrollo Social, mismo que se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el
                                                           último día hábil de enero.

                                                           Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.

                                                           Numeral 2.2. Uso de los recursos del FAIS, párrafo tercero: “Las obras y acciones deberán atender las necesidades de infraestructura
                                                           básica identificadas mediante la consulta que se realice a la población que habite en los territorios donde se destinarán los recursos,
                                                           particularmente de la población históricamente discriminada entre ellas: mujeres, personas con discapacidad, juventudes, población indígena
                                                           y afromexicana así como las carencias y rezago social identificadas en el Informe Anual de Pobreza y Rezago Social, procurando que sean
                                                           compatibles con la preservación y protección del medio ambiente y que impulsen el desarrollo sostenible.”

                                                  Cumplimiento de las metas del gasto del programa y recursos ejecutados

                                                  Relativo a como se ha referido con anterioridad, las metas reportadas no son verificables ni
                                                  comparables con las metas programadas autorizadas, debido a que la Entidad Fiscalizable no
                                                  elaboró ni presentó las Matrices de Indicadores para Resultados (MIR) de los programas en el
                                                  Presupuesto de Egresos aprobado, ni presentó modificaciones presupuestales de cuyo contenido
                                                  se identifiquen las metas programadas establecidas para el cumplimiento de los objetivos de los
                                                  programas; de igual manera, las actividades del “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial” no
                                                  son acordes ni congruentes con el objetivo del programa. Por lo anterior expuesto, no acredita el
                                                  cumplimiento de los objetivos de los Programas Presupuestarios, como se ilustra a continuación:

                                                      MEDICIÓN DEL AVANCE DE FINANCIERO DE OBJETIVOS, ACCIONES Y METAS (CUENTA PÚBLICA)               REPORTE DE PROGRAMA PRESUPUESTARIOS   PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO
                                                                                                                                                                          (CUENTA PÚBLICA)         MATRIZ DE INDICADORES PARA
                                                                                                                                                                                                            RESULTADOS (MIR)

                                                  PROGRAMA         OBJETIVO DEL   ACTIVIDAD         OBRA/ACCIÓN               IMPORTE      IMPORTE    UNIDAD DE   METAS   METAS      METAS  ACTIVIDAD  UNIDAD          METAS
                                                                                                                           MODIFICADO    PAGADO AL      MEDIDA   PROGRA-         ALCANZADA                 DE   PROGRAMADAS
                                                  PRESUPUESTARIO PROGRAMA                                                                31-DIC-2022
                                                                                                                                                                  MADAS                                MEDIDA

                                                                                                    ACCIONES DEL CAPÍTULO
                                                                                                    1000 SERVICIOS
                                                                                                    PERSONALES

                                                                                                    ACCIONES DEL CAPÍTULO
                                                                                                    2000 MATERIALES Y
                                                                                                    SUMINISTROS

                                                      DESARROLLO   EFICIENCIA EN  EFICIENCIA EN LA  ACCIONES DEL CAPÍTULO  1,955,484.15  1,955,484.15 PARTIDAS   20       -      12         SIN MIR    SIN MIR  SIN MIR
                                                  SOCIAL Y HUMANO  LA EROGACIÓN   EROGACIÓN DEL     3000 SERVICIOS
                                                                    DEL RAMO 28                     GENERALES
                                                                                        RAMO 28
                                                                                                    ACCIONES DEL CAPÍTULO
                                                                                                    4000 TRANSFERENCIAS,
                                                                                                    ASIGNACIONES,
                                                                                                    SUBSIDIOS Y OTRAS
                                                                                                    AYUDAS

                                                                                                    ACCIONES DEL CAPÍTULO
                                                                                                    5000 BIENES MUEBLES,
                                                                                                    BIENES INMUEBLES E
                                                                                                    INTANGIBLES

                                                                   TOTAL DEL PROGRAMA: DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO $1,955,484.15 $1,955,484.15                                         

                                                  36
   33   34   35   36   37   38   39   40   41   42   43