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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 PROGRAMA OBJETIVO DEL ACTIVIDAD OBRAS / ACCIÓN IMPORTE EJES DEL TEMAS DE EJES DEL TEMAS DE
PROGRAMA DEVENGADO PLAN LOS EJES PLAN LOS EJES
DEL PLAN DEL PLAN
MUNICIPAL DE MUNICIPAL DE ESTATAL DE ESTATAL DE
DESARROLLO DESARROLLO DESARROLLO DESARROLLO
ACCIONES DEL 767,532.49
CAPÍTULO 1000 497,895.83
SERVICIOS 457,855.25
PERSONALES
2,200.58
ACCIONES DEL 230,000.00
CAPÍTULO 2000 $1,955,484.15
MATERIALES Y 929,563.07
SUMINISTROS
335,462.69
DESARROLLO EFICIENCIA EN EROGACIONES DEL ACCIONES DEL SIN SIN SIN SIN
SOCIAL Y LA EROGACIÓN RAMO 28 CAPÍTULO 3000 1,050,459.24 ALINEACIÓN ALINEACIÓN ALINEACIÓN ALINEACIÓN
HUMANO DEL RAMO 28 SERVICIOS $2,315,485.00
GENERALES SIN
ALINEACIÓN
ACCIONES DEL
CAPÍTULO 4000
TRANSFERENCIAS,
ASIGNACIONES,
SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
ACCIONES DEL
CAPÍTULO 5000
BIENES MUEBLES,
BIENES INMUEBLES
E INTANGIBLES
TOTAL DEL PROGRAMA: DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO
0512020200303003- FISM/002-
OBRAS PARA EL CONSTRUCCION
ABASTECIMIENTO DE DEL SISTEMA DE
AGUA POTABLE AGUA ENTUBADA
EN EL PARAJE EL
DURAZNO (2022)
DESARROLLO EFICIENCIA 0512020200303004 FISM/001- SIN SIN SIN
URBANO Y CON CALLES AMPLIACIÓN DE AMPLIACIÓN DE ALINEACIÓN ALINEACIÓN ALINEACIÓN
PAVIMENTADAS LAS REDES DE LA ELECTRIFICACIÓN
ORDENAMIENTO ENERGIA ELECTRICA (RED DE
TERRITORIAL DISTRIBUCIÓN)
EN EL PARAJE
“YUTAMA” EN
SANTIAGO
MILTEPEC (2022)
0512020200303005- FISM/003-
CONSTRUCCIÓN DE CONSTRUCCIÓN
PUENTE VEHICULAR DE PUENTE
EN EL CAMINO VIEJO VEHICULAR EN
EL CAMINO VIEJO
EN SANTIAGO
MILTEPEC (2022)
TOTAL DEL PROGRAMA: DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios artículo 18 párrafo primero; Ley General de Contabilidad Gubernamental
artículo 54 párrafos primero y segundo; Ley de Planeación Estatal artículo 14 fracción
I, inciso b) y artículo 66 párrafo tercero; Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo
y Servicios Públicos Municipales artículo 45 párrafo primero y segundo; Ley Orgánica
Municipal del estado de Oaxaca artículo 68 fracción XIV, que a la letra dicen:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 54 párrafos primero y segundo: “La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá
relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de
la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos. Para ello,
deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como
vincular los mismos con la planeación del desarrollo.”.
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