Page 8 - 060 Zapotitlán Lagunas
P. 8

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
                                                  Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
                                                  Información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 13.3 puntos de un total de
                                                  20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente
                                                  fiscalizado no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, contar con indicadores para
                                                  medir el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Municipal de Desarrollo, ni dispone de
                                                  una plataforma de transparencia oficial del municipio para el cumplimiento de la publicación de la
                                                  información de acuerdo con la normatividad aplicable.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Zapotitlán Lagunas, Distrito de Silacayóapam, Oaxaca, realizar
                                                  las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI),
                                                  respecto al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información
                                                  de calidad que el Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y
                                                  comunican para respaldar el sistema de control interno y para dar cumplimiento a su mandato legal;
                                                  a través de la implementación de indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas
                                                  establecidos en su plan municipal de desarrollo y en los programas de la administración pública
                                                  municipal; y realizar la publicación de su información oficial en una página de internet del municipio.
                                                  Asimismo, cumplir con las obligaciones, recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y
                                                  cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema
                                                  Estatal de Combate a la Corrupción.

                                                  SUPERVISIÓN
                                                  Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
                                                  Supervisión, se determina un puntaje alcanzado de 4.0 puntos de un total de 20.0 puntos asignados,
                                                  correspondiente al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado no acreditó ante
                                                  esta Auditoría Superior de Fiscalización, contar con procedimientos o estrategias para corregir
                                                  las deficiencias de control interno, reportar a las partes internas y externas del Ayuntamiento los
                                                  problemas de control interno detectados, y tomar en cuenta las quejas o denuncias de la ciudadanía
                                                  para las correcciones de problemas o deficiencias del control interno; asimismo, no acreditó
                                                  contar con un área que realice la función de verificar que la información reportada en relación
                                                  del cumplimiento de los programas del Ayuntamiento sea de calidad, tratándose de información
                                                  adecuada, actual, completa, exacta, accesible y oportuna, en términos del Marco Integrado del
                                                  Control Interno (MICI).

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Zapotitlán Lagunas, Distrito de Silacayóapam, Oaxaca, realizar
                                                  las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI)
                                                  respecto al componente de Supervisión, el cual tiene la finalidad de contribuir a asegurar que
                                                  el control interno se mantenga alineado con los objetivos institucionales, el entorno operativo, las
                                                  disposiciones jurídicas aplicables, los recursos asignados y los riesgos asociados al cumplimiento
                                                  de los objetivos; a través del reporte constante a las partes internas y externas del Ayuntamiento de
                                                  los problemas de control interno detectados, para que éstos consideren y evalúen oportunamente
                                                  dichas cuestiones; de la designación de una área que realice la función de verificar que la
                                                  información reportada en relación del cumplimiento de los programas del Ayuntamiento sea de
                                                  calidad, tratándose de información adecuada, actual, completa, exacta, accesible y oportuna;
                                                  y tomar en cuenta las quejas o denuncias de la ciudadanía para las correcciones de problemas o
                                                  deficiencias del control interno. Asimismo, cumplir con las obligaciones, recomendaciones, políticas
                                                  públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional
                                                  Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

                                                  En virtud de lo expuesto, el Ayuntamiento del Municipio de Zapotitlán Lagunas, Distrito de
                                                  Silacayóapam, Oaxaca, no acreditó haber establecido el Marco Integrado de Control Interno
                                                  (MICI), modelo general de control interno, para establecer, mantener y mejorar los sistemas de
                                                  control interno, emitido en el Marco del Sistema Nacional de Fiscalización.

                                                  6
   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13