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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
• Oficio número MZL/AD53/2023 mediante el cual manifiesta lo que a la letra dice: “b).-
Administración de riesgos, Actividades de control y Supervisión, se entrega una carpeta con
copias certificadas del folio 0001 al folio 0003, que contiene acta de acuerdo de cabildo donde
se designa la “Comisión de Contraloría Social y Control Presupuestal de la Administración Pública
Municipal”, mediante acta de acuerdo de cabildo de fecha 26 de septiembre de 2023, esta
comisión realizará las acciones recomendadas en estos componentes del control interno.”.
• Acta de sesión extraordinaria de cabildo, de fecha 26 de septiembre de 2023, mediante
el cual aprueban la designación de la comisión de contraloría y control presupuestal de la
administración municipal.
Sin embargo, no presenta evidencia de haber realizar actividades de control interno que le
permitan alcanzar sus objetivos municipales y responder a los riesgos, que evaluó y retroalimentó
continuamente las necesidades de conocimiento, competencias y capacidades que el personal para
lograr los objetivos institucionales; al igual, no acreditó que realizó revisiones periódicas o reuniones
para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos y que
comunicó al responsable de cada área, las políticas y procedimientos para que pueda implementar
las actividades de control respecto de las responsabilidades que tiene asignadas; por lo cual, no
atendió este punto.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Relativo a que el Ayuntamiento del Municipio no acreditó ante esta Auditoría Superior de
Fiscalización, contar con indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas
del Plan Municipal de Desarrollo, ni dispone de una plataforma de transparencia oficial
del municipio para el cumplimiento de la publicación de la información de acuerdo con la
normatividad aplicable; presentó:
• Oficio número MZL/AD53/2023 mediante el cual manifiesta lo que a la letra dice: “c).-
Información y Comunicación, se presenta una carpeta con copias certificadas del folio 0001
al folio 0008, que contiene el acta de acuerdo de cabildo y la pólizas de modificaciones al
presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2023, donde se asignó el recurso necesario, para la
creación de la página oficial de internet de municipio, para dar cumplimiento a las disposiciones
establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información y Buen Gobierno del Estado
de Oaxaca.”
• Acta de acuerdo de cabildo, de fecha 31 de julio de 2023, mediante el cual aprueban las
modificaciones al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2023, para la creación de
la página oficial de internet del Municipio y la elaboración y publicación de los documentos
normativos
Sin embargo, no presenta evidencia de contar con indicadores para medir el cumplimiento de los
objetivos y metas del Plan Municipal de Desarrollo en el ejercicio 2022; por lo cual, no atendió este
punto.
SUPERVISIÓN
Respecto a que el Ayuntamiento del Municipio no acreditó ante esta Auditoría Superior de
Fiscalización, contar con procedimientos o estrategias para corregir las deficiencias de
control interno, reportar a las partes internas y externas del Ayuntamiento los problemas
de control interno detectados, y tomar en cuenta las quejas o denuncias de la ciudadanía
para las correcciones de problemas o deficiencias del control interno; asimismo, no acreditó
contar con un área que realice la función de verificar que la información reportada en
relación del cumplimiento de los programas del Ayuntamiento sea de calidad, tratándose de
información adecuada, actual, completa, exacta, accesible y oportuna, en términos del Marco
Integrado del Control Interno (MICI); presentó:
• Oficio número MZL/AD53/2023 mediante el cual manifiesta lo que a la letra dice: “b).-
Administración de riesgos, Actividades de control y Supervisión, se entrega una carpeta con
copias certificadas del folio 0001 al folio 0003, que contiene acta de acuerdo de cabildo donde
se designa la “Comisión de Contraloría Social y Control Presupuestal de la Administración Pública
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