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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/311/2023, se notificó el día 06 de septiembre de
                                                  2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable
                                                  en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  Una vez fenecido el plazo del proceso de aclaraciones y justificaciones, el Municipio de San
                                                  Juan Bautista Tlachichilco, Distrito de Silacayoápam, Oaxaca, hizo caso omiso, sin que
                                                  haya presentado documentación justificativa y aclaratoria; por lo cual, esta Auditoría Superior de
                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración.
                                                  2022-OA/CPM/065/2023-SA-06
                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Bautista Tlachichilco, Distrito
                                                  de Silacayoápam, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
                                                  Oaxaca, la documentación que justifique o aclare, lo relativo a la observación en cada uno de los
                                                  puntos de este resultado que a continuación se detallan:

                                                  RENDICIÓN DE CUENTAS

                                                  Con la finalidad de constatar que la Entidad Fiscalizable cumplió con el contenido y con la
                                                  presentación de los informes trimestrales y anuales que establece la Ley General de Contabilidad
                                                  Gubernamental en materia de rendición de cuentas, se verificó el cumplimiento de las obligaciones
                                                  de presentación de los Informes de Estados Financieros, Informes de Avance de Gestión Financiera,
                                                  de los informes en los Sistemas de Recursos Federales Transferidos y Matriz de Inversión para el
                                                  Desarrollo Social (MIDS), de acuerdo a lo siguiente:

                                                    a)	Presentación de los Estados Financieros y de los Informes Trimestrales de Avance de
                                                         Gestión Financiera ante el extinto Órgano Superior de Fiscalización ahora Auditoría
                                                         Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca. De la revisión y análisis a la información
                                                         presentada por la Entidad Fiscalizable y la proporcionada por la Sub Auditoría a cargo de
                                                         la Planeación y Normatividad del extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
                                                         Oaxaca ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, por ser la instancia
                                                         competente que recibe la información financiera de los entes municipales, mediante los
                                                         memorándums números OSFE/SAPN/DP/0125/2023 de fecha 02 de febrero de 2023
                                                         respecto al primero, segundo y tercer trimestre, y OSFE/SAPN/DP/0247/2023 de fecha 22 de
                                                         marzo de 2023 correspondiente al cuarto trimestre, se concluyó lo siguiente:

                                                         Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó los cuatro trimestres de los Informes
                                                         Trimestrales de Estados Financieros y de Avance de Gestión Financiera del ejercicio fiscal
                                                         2022. El primer trimestre fue presentado en Tiempo y Forma el 27 de abril de 2022; segundo
                                                         trimestre presentado en Tiempo y Forma el 27 de julio de 2022; tercer trimestre presentado
                                                         en Tiempo y Forma el 13 de octubre de 2022 y el cuarto trimestre fue presentado de manera
                                                         Extemporánea el día 15 de febrero de 2023, si bien los reportes e informes se ajustaron en
                                                         su contenido a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás
                                                         normativa aplicable, la Entidad Fiscalizable no acreditó el cumplimiento respecto al tiempo de
                                                         presentación del cuarto trimestre.

                                                         Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
                                                         Artículos 51, 52 y 56; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, Artículo 43 párrafo
                                                         primero fracción LII; Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado
                                                         de Oaxaca, Artículo 12 párrafo primero y segundo; lo que a la letra dice:

                                                            Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                            Artículo 51: “La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada
                                                            y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días
                                                            después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en
                                                            su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el
                                                            Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso.”.

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