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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 de Egresos en cantidad de $1,722,551.82 (Un millón setecientos veintidós mil quinientos
cincuenta y un pesos 82/100 M.N.), realizando pagos mediante transferencias, con afectación
a las cuentas número 18000206916, 18000206609, 18000206688 y 18000225501,
de la institución Banco Santander (México), S.A., correspondientes a Recursos Fiscales, Ramo
28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, Ramo General 33 Fondo III, Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal (FISM-DF) y Convenios Federales, respectivamente; verificando que los registros
contables y presupuestarios, se encuentran respaldados con la documentación comprobatoria y
justificativa del gasto.
RESULTADO: AF-23 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51341-3471 FLETES Y MANIOBRAS SIN EQUIPO
ESPECIALIZADO, se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en
cantidad de $106,024.00 (Ciento seis mil, veinticuatro pesos 00/100 M.N.), realizando pagos
mediante transferencias, con afectación a la cuenta número 18000206916, de la institución
bancaria Banco Santander (México), S.A., correspondiente a Recursos Fiscales, observando que
los oficios de solicitud de cotización y cotizaciones presentadas no cuenta con el acuse de recibo
correspondiente; como se detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO BANCARIA Y NÚM. DE TRANSFERENCIA
CUENTA BANCARIA
003591 11/07/2022 55,680.00 11/07/2022 55,680.00 RECURSOS FISCALES 08/07/2022 Banco Santander (México), TRANSFERENCIA SPEI 55,680.00
S.A., CTA 18000206916 272689
007536 26/12/2022 50,344.00 26/12/2022 50,344.00 RECURSOS FISCALES 26/12/2022 Banco Santander (México), TRANSFERENCIA SPEI 50,344.00
TOTAL $106,024.00 S.A., CTA 18000206916 766274
$106,024.00 $106,024.00
Cuadro continúa a la derecha…
FECHA NÚM. PROVEEDOR COMPROBANTE CONCEPTO OBSERVACIONES IMPORTE
IMPORTE OBSERVADO
05/07/2022 75CC674D-5A90-4332- LEONEL 55,680.00 TRASLADO EN GRÚA DE CALLE GUERRERO Y 5 DE LOS OFICIOS DE SOLICITUD DE 55,680.00
844C-B99CF313C8D4 ARREOLA LEÓN 50,344.00 MAYO BARRIO SAN LUCAS A ENCIERRO DE CUILÁPAM COTIZACIÓN Y COTIZACIONES 50,344.00
DE LA UNIDAD: -TRANSIT, TRASLADO EN GRÚA DE CALLE PRESENTADAS NO CUENTA CON
20/12/2022 A180AB71-C892-428D- LEONEL GUERRERO Y 5 DE MAYO BARRIO SAN LUCAS A ENCIERRO ACUSE DE RECIBO,
A8F2-A10F5CDD29C4 ARREOLA LEÓN DE CUILÁPAM DE LA UNIDAD: - MOTO ITALIKA. NO PRESENTA LA EVIDENCIA DE
LOS TRABAJOS REALIZADOS.
TRASLADO EN GRÚA DE PASANDO EL EX-CONVENTO A
ENCIERRO DE CUILÁPAM DE LA UNIDAD: -MOTO BAJAJ.
TRASLADO EN GRÚA DEL EDIFICIO DE CUILÁPAM A
ENCIERRO DE CUILÁPAM DE LA UNIDAD: - GM SEDAN,
$106,024.00 $106,024.00
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 8 Párrafo segundo: “No procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos, determinado por ley
posterior o con cargo a Ingresos excedentes. La Entidad Federativa deberá revelar en la cuenta pública y en los informes que periódicamente
entreguen a la Legislatura local, la fuente de ingresos con la que se haya pagado el nuevo gasto, distinguiendo el Gasto etiquetado y no
etiquetado.”
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen.”;
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”;
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
disposiciones que emita el consejo.”;
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”
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