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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”,
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente en forma
electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios”
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido”,
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones...”.
RESULTADO: AF-21 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3921 IMPUESTOS Y DERECHOS, se verificó la
autorización de la partida en el presupuesto de egresos, la existencia de registros contables y
presupuestales específicos de las erogaciones del fondo o programa, debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como que se encuentran respaldados con la documentación original
que justifica y comprueba el gasto incurrido y cumple con la normatividad aplicable, en cantidades
de $130,132.98 (Ciento treinta mil ciento treinta y dos pesos 98/100 M.N.).
RESULTADO: AF-22 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3952 ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES DE PASIVOS
FISCALES, se verificó la autorización de la partida en el presupuesto de egresos, la existencia
de registros contables y presupuestales específicos de las erogaciones del fondo o programa,
debidamente actualizados, identificados y controlados, así como que se encuentran respaldados con
la documentación original que justifica y comprueba el gasto incurrido y cumple con la normatividad
aplicable, en cantidades de $80,108.00 (Ochenta mil ciento ocho pesos 00/100 M.N.).
RESULTADO: AF-23 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 51391-3981 IMPUESTO SOBRE NOMINAS Y OTROS QUE SE
DERIVEN DE UNA RELACION LABORAL, se verificó la autorización de la partida en el presupuesto
de egresos, la existencia de registros contables y presupuestales específicos de las erogaciones
del fondo o programa, debidamente actualizados, identificados y controlados, así como que se
encuentran respaldados con la documentación original que justifica y comprueba el gasto incurrido
y cumple con la normatividad aplicable $513,406.00 (Quinientos trece mil cuatrocientos seis
pesos 00/100 M.N.).
RESULTADO: AF-24 CON OBSERVACIÓN
El Ayuntamiento del Municipio presentó un listado de obras sin membrete del Municipio, sin firma y
sin sellos por parte de la Autoridad Municipal y sin fecha, como Programa Anual de Obras Publicas
del Ejercicio 2022 y de la revisión efectuada a este documento se constató que no muestra el
responsable de las obras, el número de las mujeres y los hombres, los grupos de edad y los tipos de
localidad beneficiados por cada una de ellas, asimismo, como resultado de la consulta realizada al
sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica
http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que este documento no se encuentra
publicado, igualmente no presentó evidencia de su publicación en otros medios, como la Gaceta
Municipal o revistas especializadas en temas municipales; lo cual denota una deficiente planeación
de las obras previo a su ejecución.
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