Page 47 - Ocotlán de Morelos
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
rango “Mayor de 10,000,000.01 hasta 25,000,000.00”, quedando los montos máximos de la INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
siguiente manera:
Presupuesto anual para realizar Monto máximo total Monto máximo total de
obras públicas y servicios de cada obra que cada obra que podrá
relacionados con las mismas podrá adjudicarse adjudicarse mediante
directamente invitación
Mayor de Hasta
10,000,000.01 25,000,000.00 378,000.00 1,890,000.00
Fuente: Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022
Con base en lo anterior se determinó que el ente auditado no cumplió lo establecido en el artículo
73 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 al
celebrar cuatro contratos de obra pública que se encuentran por encima del monto máximo para
adjudicar la obra por excepción a la licitación pública, como se muestra a continuación:
NO. NOMBRE DE LA OBRA CONTRATO MODALIDAD DE MONTO MONTO MÁXIMO
CONTRATACIÓN CONTRATADO DEL ART. 73
FRACCIÓN VII
SIN IVA PEEO 2022
1,890,000.00
1 REHABILITACIÓN DE PLAZA CÍVICA COP/MOMO/068/R33/ INVITACIÓN $2,069,571.52
EN ESCUELA C.B.T.I.S. NO. 150, CLAVE: FISMDF/015/2022 RESTRINGIDA $2,072,420.22 1,890,000.00
20DCT0010B. $1,940,338.06
INVITACIÓN $5,433,756.38 1,890,000.00
(CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO RESTRINGIDA
1,890,000.00
2 EN LA CALLE PRIVADA DE SANTO COP/MOMO/068/R33/ INVITACIÓN
DOMINGO, LOCALIZADA EN OCOTLÁN DE FISMDF/003/2022 RESTRINGIDA
MORELOS). INVITACIÓN
RESTRINGIDA
REHABILITACIÓN DE DRENAJE SANITARIO
3 EN LA CALLE PROLONGACIÓN DE 16 DE COP/MOMO/068/R33/
SEPTIEMBRE, ENTRE CALLE LAS ROSAS Y FISMDF/007/2022
CALLE VENUSTIANO CARRANZA.
CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON
4 CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE COP/MOMO/068/R33/
SOLEDAD, ACCESO PRINCIPAL AL FISMDF/013/2022
BARATILLO MUNICIPAL DE OCOTLÁN DE
MORELOS, PRIMERA ETAPA.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 46 segundo párrafo: “Para los efectos de la aplicación de los artículos 43 y 45 de esta Ley, la Dependencia, Entidad o
Ayuntamiento de que se trate, podrá contratar a través del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres contratistas o del de
adjudicación directa, cuando el monto total de la obra pública no exceda del rango de aplicación máximo que al efecto se le establezca en el
Presupuesto de Egresos del Estado y siempre que los trabajos de obra pública no se fraccionen para quedar comprendidos en los supuestos
de excepción a la licitación pública.”
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022.
Artículo 73 fracción VII: “En el ejercicio del gasto de capital en inversión pública para el año 2022, los Ejecutores de gasto observarán lo
siguiente:
VII. Sujetarse a los montos máximos y mínimos que a continuación se establecen: Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir
el importe del Impuesto al Valor Agregado. Los Ejecutores de gasto deberán utilizar el presupuesto anual modificado del ejercicio inmediato
anterior para efecto de ubicarse en el rango correspondiente.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de Ocotlán de Morelos, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, comprobar,
justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información
y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/541/2023, notificado el 18 de octubre de 2023, se
dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a
efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y
aclaraciones correspondientes.
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