Page 47 - Ocotlán de Morelos
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

rango “Mayor de 10,000,000.01 hasta 25,000,000.00”, quedando los montos máximos de la                                                                  INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
siguiente manera:

              Presupuesto anual para realizar  Monto máximo total  Monto máximo total de
              obras públicas y servicios       de cada obra que    cada obra que podrá
              relacionados con las mismas      podrá adjudicarse   adjudicarse mediante
                                               directamente        invitación
              Mayor de         Hasta

              10,000,000.01 25,000,000.00      378,000.00          1,890,000.00

              Fuente: Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022

Con base en lo anterior se determinó que el ente auditado no cumplió lo establecido en el artículo
73 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 al
celebrar cuatro contratos de obra pública que se encuentran por encima del monto máximo para
adjudicar la obra por excepción a la licitación pública, como se muestra a continuación:

NO. NOMBRE DE LA OBRA                     CONTRATO            MODALIDAD DE       MONTO           MONTO MÁXIMO
                                                              CONTRATACIÓN  CONTRATADO              DEL ART. 73
                                                                                                   FRACCIÓN VII
                                                                                 SIN IVA            PEEO 2022
                                                                                                    1,890,000.00
1  REHABILITACIÓN DE PLAZA CÍVICA         COP/MOMO/068/R33/    INVITACIÓN   $2,069,571.52
   EN ESCUELA C.B.T.I.S. NO. 150, CLAVE:     FISMDF/015/2022  RESTRINGIDA   $2,072,420.22           1,890,000.00
   20DCT0010B.                                                              $1,940,338.06
                                                               INVITACIÓN   $5,433,756.38           1,890,000.00
   (CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO                         RESTRINGIDA
                                                                                                    1,890,000.00
2  EN LA CALLE PRIVADA DE SANTO COP/MOMO/068/R33/              INVITACIÓN
   DOMINGO, LOCALIZADA EN OCOTLÁN DE FISMDF/003/2022          RESTRINGIDA

   MORELOS).                                                   INVITACIÓN
                                                              RESTRINGIDA
   REHABILITACIÓN DE DRENAJE SANITARIO

3  EN LA CALLE PROLONGACIÓN DE 16 DE COP/MOMO/068/R33/
   SEPTIEMBRE, ENTRE CALLE LAS ROSAS Y FISMDF/007/2022

   CALLE VENUSTIANO CARRANZA.

   CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON

4  CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE        COP/MOMO/068/R33/
   SOLEDAD, ACCESO PRINCIPAL AL              FISMDF/013/2022
   BARATILLO MUNICIPAL DE OCOTLÁN DE

   MORELOS, PRIMERA ETAPA.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

         Artículo  46 segundo párrafo: “Para los efectos de la aplicación de los artículos 43 y 45 de esta Ley, la Dependencia, Entidad o
         Ayuntamiento de que se trate, podrá contratar a través del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres contratistas o del de
         adjudicación directa, cuando el monto total de la obra pública no exceda del rango de aplicación máximo que al efecto se le establezca en el
         Presupuesto de Egresos del Estado y siempre que los trabajos de obra pública no se fraccionen para quedar comprendidos en los supuestos
         de excepción a la licitación pública.”

         Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022.

         Artículo 73 fracción VII: “En el ejercicio del gasto de capital en inversión pública para el año 2022, los Ejecutores de gasto observarán lo
         siguiente:
         VII. Sujetarse a los montos máximos y mínimos que a continuación se establecen: Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir
         el importe del Impuesto al Valor Agregado. Los Ejecutores de gasto deberán utilizar el presupuesto anual modificado del ejercicio inmediato
         anterior para efecto de ubicarse en el rango correspondiente.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de Ocotlán de Morelos, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, comprobar,
justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información
y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/541/2023, notificado el 18 de octubre de 2023, se
dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a
efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y
aclaraciones correspondientes.

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