Page 45 - Ocotlán de Morelos
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

NO.    CONSTRUCTORA O          CONTRATO                  NOMBRE DE LA OBRA                         LOCALIDAD                                                   INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
            PROVEEDOR
                                                                                                   OCOTLÁN DE
1      CAMINOS ASFALTOS E      COP/MOMO/068/R33/   REHABILITACIÓN DE CAMINO RURAL TRAMO SAN          MORELOS
       INGENIERIA DIARA S.A.      FISMDF/008/2022  FELIPE APÓSTOL - SAN PEDRO APÓSTOL - SAN
                                                   MATÍAS - BUENAVISTA DEL KM. 0+000 AL KM 10+000  OCOTLÁN DE
                   DE C.V.                                                                           MORELOS

2           CONSTRUCTORA          CTT/MOM/         REHABILITACION E IMPERMIABILIZACION DEL
       WOLFSBURG S.A. DE C.V.  IP/43/001/2022      TECHADO DEL PALACIO MUNICIPAL.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
Estado de Oaxaca, Artículo 26 A, que a la letra dice:

         Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

         Artículo 26 A: “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
         permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
         objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en
         el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
         Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
         ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
         vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”

RESULTADO: AF-26               CON OBSERVACIÓN

De la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso y terminadas del 01/enero al 31/
diciembre del 2022, integrada en la cuenta pública y de los expedientes técnicos unitarios
presentados por el Ayuntamiento del Municipio, se constató que la suma de los montos contratados
por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del 30% del
presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:

                    MODALIDAD                            NÚMERO DE OBRAS         IMPORTE           PORCENTAJE
                                                            CONTRATADAS       CONTRATADO

LICITACIÓN PÚBLICA                                       ---                  $ 0.00               0.00%
LICITACIÓN PÚBLICA
SUB TOTAL                                                ---                  $ 0.00               0.00%

EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA                        22                $34,727,858.93           99.00%
INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES CONTRATISTAS  01                  $350,500.00            01.00%
ADJUDICACIÓN DIRECTA                                     23                                        100.00%
SUB TOTAL                                                                 $35,078,358.93

TOTAL                                                    23               $35,078,358.93           100.00%

Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de Ocotlán de Morelos, Distrito de Ocotlán, Oaxaca.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

         Artículo 46 tercer párrafo: “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
         invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio
         de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier
         techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”

         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del Municipio de Ocotlán de
         Morelos, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la
         información y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/541/2023, notificado el 18 de octubre de 2023, se
dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a

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