Page 47 - San Melchor Betaza
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Respecto a la sub-subcuenta 51331-3331 SERVICIOS DE CONSULTORIA ADMINISTRATIVA,                                                                     INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
en cantidad de $75,000.00 (Setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.). Presentó acta de sesión
extraordinaria de cabildo de fecha siete de septiembre del 2022 en el que asientan en el numeral 5
lo que a la letra dice “…ante la falta de atención y citas en el SAT para la solicitud del certificado e.Firma
del responsable del enlace PRODIMDF para la formalización del convenio según los lineamientos y
las fechas determinadas por la secretaria de bienestar, no fue posible registrar el plan de desarrollo
municipal en la plataforma MIDS para su posterior publicación, por lo que se determinó en esta sesión
de cabildo pagar el Plan de desarrollo municipal con recursos provenientes del Ramo 28 por la cantidad
de $75,000.00 (Setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) para cubrir los gastos generados durante la
elaboración e implementación de Talleres y de las mesas de trabajo…” atendiendo únicamente la
solicitud.

Por lo anterior y una vez analizada la documentación presentada, la Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:

Pliego de Observaciones.
2022-OA/CPM/085/2023-PO-10
Se le requiere al Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, presente ante
esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique,
aclare o reintegre la cantidad de $75,000.00 (Setenta y cinco mil pesos 85/100 M.N.), lo
relativo a que:

En relación a la sub-subcuenta 51331-3331 SERVICIOS DE CONSULTORIA ADMINISTRATIVA,
se observó que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la
documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación, en donde garanticen
al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias pertinentes, como se detalla a continuación:

        PÓLIZA DE DIARIO               PÓLIZA DE EGRESO                                                        BANCO

NÚMERO         FECHA  IMPORTE NÚMERO   FECHA  IMPORTE              FUENTE DE    FECHA           INSTITUCIÓN    No. DE CHEQUE O         IMPORTE
                                                               FINANCIAMIENTO               BANCARIA Y NÚM.    TRANSFERENCIA

                                                                                                 DE CUENTA          BANCARIA

000693 31/10/2022 75,000.00       000269 31/10/2022 75,000.00  PARTICIPACIONES  14/10/2022  BANCO MERCANTIL       TRANSFERENCIAS A     75,000.00
                                                                   (RAMO 28) -                DEL NORTE, S.A.  CUENTAS DE TERCEROS
                                                                   RECURSOS                  CUENTA NÚMERO     BANORTE / IXE CLAVE DE
                                                                   FEDERALES                      1174881174
                                                                                                                       RASTREO 216

TOTAL                 $75,000.00              $75,000.00                                                                               $75,000.00

      FECHA                    NÚM.           PROVEEDOR          COMPROBANTE                CONCEPTO
   13/10/2022                                                  IMPORTE
                  537575D0-5BA5-401B-    EMANUEL PACHECO
                   855D-13C6A65698E8                CRUZ       75,000.00 ELABORACION DE PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE

                                                               $75,000.00  

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos
42 párrafo primero, 43, 67 párrafo primero, 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado
de Oaxaca, artículo 120; Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero, que a la letra dice:

          Ley General de Contabilidad Gubernamental

         Artículos 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
         documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
         Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
         comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
         establezca el consejo.”
         Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
         comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
         términos de las disposiciones que emita el consejo.”

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