Page 74 - San Melchor Betaza
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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fue financiada la obra, además no registra
                                                  las transacciones en el momento de su realización; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-14.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                            Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                            Artículos 34: “Los registros contables de los entes públicos se llevarán con base acumulativa. La contabilización de las transacciones
                                                            de gasto se hará conforme a la fecha de su realización, independientemente de la de su pago, y la del ingreso se registrará cuando exista
                                                            jurídicamente el derecho de cobro.”
                                                            Artículo 70 Fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
                                                            disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”;

                                                            Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca

                                                            Artículo 94 Bis C: “Los retenedores de los ingresos que por este derecho se recauden, deberán enterarlos a la Secretaría de Finanzas o a
                                                            la Tesorería Municipal, según sea el caso, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se retengan.”

                                                  Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, comprobar,
                                                  justificar o aclarar la cantidad de $39,219.83 (Treinta y nueve mil doscientos diecinueve pesos
                                                  83/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del
                                                  plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                                                  Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones
                                                  realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/463/2023 se notificó el día 09 de octubre del 2023,
                                                  a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
                                                  plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, en el proceso de
                                                  justificaciones y aclaraciones, mediante el oficio original número 036/10/2023 de fecha 31
                                                  de octubre del 2023, suscrito por el C. Gerardo Ríos Flores, Presidente Municipal, dirigido a
                                                  la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
                                                  circunstanciada de fecha seis de noviembre del 2023, presentó la siguiente información:

                                                  Respecto a las sub-subcuentas 12353-02-25-004/SMB/22 MANTENIMIENTO DEL SISTEMA
                                                  DE AGUA POTABLE EN LA LOCALIDAD DE SAN MELCHOR BETAZA PRIMERA ETAPA (2022)
                                                  (2022), 12354-02-25-003/2022 AMPLIACION DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA
                                                  LOCALIDAD DE SAN MELCHOR BETAZA PRIMERA ETAPA (2022) (2022) y 12355-03-25-
                                                  01/FORTAMUN REHABILITACION DE CANAL PLUVIAL A BASE DE CONCRETO CICLOPEO Y
                                                  MUROS DE CONTENSION EN SOCAVON (2022) (2022), en cantidad de $39,219.83 (Treinta
                                                  y nueve mil doscientos diecinueve pesos 83/100 M.N.). Presentó pólizas de diario del ejercicio
                                                  fiscal 2023 referentes al registro contable del entero de las retenciones por concepto de 3%
                                                  remuneraciones al personal, reportes de transferencias SPEI, factura electrónica de la secretaria
                                                  de finanzas referente al impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo; Comprobantes
                                                  Fiscales Digitales por Internet, cancelados con la leyenda “Operado”, sin embargo, no se identifica
                                                  el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fue financiada la obra,
                                                  atendiendo únicamente los pagos en cantidad de $21,057.99 (Veintiuno mil cincuenta y siete
                                                  pesos 99/100 M.N.), como se detallan en el ANEXO DAM-FC-14-SEG-14.

                                                  Por lo anterior y una vez analizada la documentación presentada, la Auditoría Superior de
                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración.
                                                  2022-OA/CPM/085/2023-SA-13
                                                  Se le requiere al Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, presente ante
                                                  esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que compruebe,

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