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SIC/SSOP/DCEOP/887/2023 de fecha 27 de octubre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 27 de octubre de 2023, presentó la siguiente información y documentación:

Anexo único al oficio de aclaraciones con argumentos a las observaciones, que a la letra dicen:

“Observación:
El medio de verificación presentado por la Entidad Fiscalizada no proporciona información de este estudio que permita verificar
que se haya cumplido con la meta programada.
El medio de verificación presentado por la Entidad Fiscalizada no proporciona información de esta obra que permita verificar
que se haya cumplido con la meta programada.
Las obras enlistadas en este rubro que no aparecen en el medio de verificación, obedece a que son Obras refrendadas en
2022, y solo aparecen en el IMAFF hasta el 1er. Trimestre. No obstante, estas se encuentran registradas en el Reporte de PIP's
refrendados 2022 al 31 de diciembre de 2022, mismo que se encuentra en la página oficial de esta secretaria en el siguiente
link: https://www.oaxaca.gob.mx/sinfra/wp-content/uploads/sites/14/2023/02/Reporte de-PIPs-Refrendados-en-2022-31-
Dic-2022.pdf
No se registró el medio de verificación.
No aparece registrado el medio de verificación en esa actividad porque no se tenía programada esta actividad, el proyecto se
autorizó en junio de 2022. La carga de metas programadas y medios de verificación en el Sistema Estatal de Finanzas Públicas
de Oaxaca (SEFIP) se realiza durante el último trimestre del ejercicio anterior, en este caso en 2021. El registro del avance y/o
cumplimiento se observa en el Reporte de PIP's Autorizados Realizados 2022, disponible en la página oficial de la secretaría
en el siguiente link https://www.oaxaca.gob.mx/sinfra/wp content/uploads/sites/14/2023/02/Reporte-de-PIPs-Autorizados-
realizados-31-Dic-2022.pdf”.

Una vez analizada la información, documentación y argumentos presentados por la Entidad Fiscalizable, se
determinó que resultan insuficientes para atender este resultado, toda vez que, no presentó los Reportes de
Avance de Gestión en los cuales se pueda identificar la actualización de los medios de verificación que contengan
información que permita evaluar el cumplimiento de las metas alcanzadas; por lo anterior, esta Auditoría Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:

Recomendación
2022- OA/CPE/04/2023-RE-04

Se le requiere a la Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras
y el Ordenamiento Territorial Sustentable implemente mecanismos de control, supervisión y seguimiento, a efecto
de que los Reportes de Avance de Gestión correspondientes a las actividades de los programas 122
“Mejoramiento urbano de los centros de población”, 166 “Desarrollo y fortalecimiento de las capacidades de
los municipios”, 174 “Promoción, recreación y fomento de actividad física y deporte” y 207 “Fortalecimiento
a la infraestructura física educativa”, indiquen medios de verificación que sean suficientes para acreditar el
cumplimiento de las metas alcanzadas, como se detalla en el Anexo DAE-AD-02-SEG-02; informando a esta
Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, las mejoras realizadas y acciones emprendidas.

Lo anterior, debido a que incumplió con lo establecido en la Ley Estatal de Planeación, artículos 40 y 75
segundo párrafo; Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículos 1 párrafo segundo, 4
párrafos segundo, tercero y séptimo; Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, artículo 7 inciso a) fracción V e inciso b) fracción XII; y Presupuesto de Egresos del Estado de
Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022, artículo 4 primer y segundo párrafo, que a la letra dicen:

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