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Los documentos justificativos son todos aquellos documentos legales y administrativos que determinan y demuestran
fehacientemente que el Ejecutor del gasto cumplió con las disposiciones legales aplicables así como las relativas al gasto…”
Artículo 199.- “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de administración de la
Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y justificativos que
autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la hacienda pública.”
RESULTADO: AF-09 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis efectuada a los expedientes Técnicos-Unitarios, proporcionados por la Entidad
Fiscalizable, de las obras incluidas en la muestra de auditoría, se observó que en 03 (tres) de ellos la FALTA,
INSUFICIENCIA, INADECUADA INTEGRACIÓN, CONTROL Y RESGUARDO DE LOS DOCUMENTOS QUE
CONFORMAN LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA (ANEXOS TÉCNICOS DEL CONTRATO), lo cual se detalla
en el anexo DAE-VIF-03.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 y 43 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
46 fracciones V, VI y VII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 51 fracción
VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 186 y 199 del Reglamento
de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 79 del Reglamento de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que a la letra dicen:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Articulo 42.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen…”
Articulo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
lineamientos que para tal efecto establezca el consejo.”
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo 46.- “Los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las Mismas contendrán, en lo aplicable, lo
siguiente:”
V.- “La descripción pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar, debiendo acompañar como parte integrante del
contrato, en el caso de las obras, los proyectos, planos, especificaciones, normas de calidad, programas y presupuestos;
tratándose de servicios, los términos de referencia;
VI.- El precio a pagar por los trabajos objeto del contrato, así como los plazos, forma y lugar de pago y, cuando corresponda,
de los ajustes de costos;
VII.- El plazo de ejecución de los trabajos, así como los plazos para verificar la terminación de los trabajos y la elaboración
del finiquito;”
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca
Artículo 51.- “Todo contrato de obra pública deberá reunir los siguientes requisitos:”
VI.- “Descripción pormenorizada de la obra que deba ejecutarse, debiéndose acompañar como parte integrante del
contrato, el proyecto ejecutivo, especificaciones, programas y presupuestos, y la bitácora de obra correspondientes;”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186.- “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original comprobatoria y justificativa.
Los documentos justificativos son todos aquellos documentos legales y administrativos que determinan y demuestran
fehacientemente que el Ejecutor del gasto cumplió con las disposiciones legales aplicables así como las relativas al gasto…”
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