Page 82 - 004 Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones
P. 82
de 2017; y Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General
en Materia de Control Interno para la Administración Pública Estatal, publicado en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de fecha 8 de junio de 2019, que a la letra dicen:
ARTÍCULO 16. “Para su obligatoriedad, todas las disposiciones de carácter general que sean expedidas por las
Dependencias y Entidades del Ejecutivo Estatal, deberán ser publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado,
conforme al artículo 4, de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca”.
ARTÍCULO 30. “Será obligación de los titulares de las Dependencias y Entidades, la emisión de sus Manuales de
Organización y de Procedimientos necesarios para su funcionamiento, de acuerdo con su Reglamento Interno y los
lineamientos que establezca la Secretaría de Administración”.
Acuerdo por el que se emite el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno para el Sector Público del Estado
de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 5 de agosto de 2017; y
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control
Interno para la Administración Pública Estatal, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 8 de
junio de 2019.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Secretaría de
Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial
Sustentable, justificara o aclarara, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara
dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas
tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2374/2023, se notificó el día 12 de octubre de 2023, los Resultados
Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles,
presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
La Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento
Territorial Sustentable, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número
SIC/SSOP/DCEOP/887/2023 de fecha 27 de octubre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 27 de octubre de 2023, presentó diversa información y documentación, sin embargo, respecto a este
Resultado en particular, la Entidad Fiscalizable no presentó ningún tipo de documentos, argumentos o
información; de lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:
Recomendación
2022-OA/CPE/04/2023-RE-01
Se le requiere a la Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras
y el Ordenamiento Territorial Sustentable, implemente mecanismos de control, supervisión y seguimiento,
referentes a los cinco componentes del Control Interno:
Ambiente de Control
80