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las atribuciones o funciones y cuando sea necesario derivado del resultado del proceso de simplificación administrativa y/o de
           mejora continua, siguiendo el mismo proceso establecido en estos lineamientos.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Instituto Oaxaqueño
Constructor de Infraestructura Educativa, antes Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física
Educativa, justificar o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara
dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas
tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1774/2023, se notificó el día 14 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

El Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa, antes, Instituto Oaxaqueño Constructor de
Infraestructura Física Educativa, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número
IOCIED/DG/EA/030/2023 de fecha 29 de septiembre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 29 de septiembre de 2023, presentó la siguiente documentación y/o información:

      • Cédula de solventación, suscrita por el Coordinador de Control Interno de esa Entidad Fiscalizable, a
           través de la cual manifiesta, “con motivo del cambio de denominación de este organismo público
           descentralizado, se solicitó mediante oficio IOCIFED/DG/UJ/174/2023 de fecha 14 de septiembre a la
           Secretaría de Administración, la actualización del organigrama del Instituto, por lo que éste se encuentra
           realizando las gestiones correspondientes para actualizar los documentos observados”.

Así mismo, presentó copia certificada de la siguiente documentación:

      • Oficio IOCIFED/DG/UJ/174/2023 de fecha 14 de septiembre, mediante el que se solicita a la Secretaría
            de Administración, la actualización del Organigrama del Instituto.

De la revisión y análisis, de la documentación y argumentos presentados, se constató que la Entidad Fiscalizable,
no presenta el Reglamento Interno, Manual de Organización y Manual de Procedimientos debidamente
actualizado conforme a la Estructura Orgánica vigente.

Por lo que esta la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:

Recomendación:
2022-OA/CPE/11/2023-RE-07

Para que el Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa, antes, Instituto Oaxaqueño
Constructor de Infraestructura Física Educativa, continúe con las actividades y gestiones correspondientes
respecto a la actualización y autorización del Reglamento Interno, Manual de Organización y Manual de
Procedimientos, para su posterior publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca,

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