Page 92 - 011 Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa
P. 92

• Cuerpo de la estimación. (No presenta documentación comprobatoria justificativa de estimación Uno).
      • Números generadores de obra debidamente referenciados. (No presenta documentación comprobatoria

            justificativa de estimación Uno).
      • Croquis de ubicación de los trabajos que amparan la estimación. (No presenta documentación

            comprobatoria justificativa de estimación Uno).
      • Notas de bitácora del periodo de la estimación. (No presenta documentación comprobatoria justificativa

            de estimación Uno).
      • Controles de calidad, pruebas de laboratorio e informes en caso de supervisión externa.
      • Reporte fotográfico. (No presenta documentación comprobatoria justificativa de estimación Uno).

Terminación:
      • Acta entrega-recepción física de los trabajos (del contratista al contratante). (Presenta acta de hechos
            donde el contratista informa que, por razones de no conformidad por parte del rector de la universidad,
            se ha negado a firmar toda documentación referente a la entrega de la obra.).
      • Planos definitivos.
      • Garantía de vicios ocultos.

Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación;
Por lo que se emiten.

Pliego de Observaciones:
2022-OA/CPE/11/2023-PO-10

Se le requiere al Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa, antes Instituto Oaxaqueño
Constructor de Infraestructura Física Educativa; presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca, la información y documentación que justifique, compruebe, aclare o en su caso reintegre el importe
de $ 4,014,275.42 (Cuatro millones catorce mil doscientos setenta y cinco pesos 42/100 M.N.), derivado
a que no presenta evidencia alguna de la documentación comprobatoria y justificativa de la estimación número
uno.

Solicitud de Aclaración:
2022-OA/CPE/11/2023-SA-12

Para que el Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa, antes Instituto Oaxaqueño
Constructor de Infraestructura Física Educativa; justifique o aclare, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, la debida integración del Expediente Técnico Unitario en cada una de sus etapas, conforme
a la observación que se detalla en este resultado.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca;
Artículos 4 párrafo segundo, 51 fracción VI, 52, 54, 56 Fracción I, 64 segundo párrafo y 65; Reglamento de
Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca; Artículo 282; Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas; Artículos 64 y 68; Reglamento de la Ley De Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas; Artículo 111, que a la letra dicen:

90
   87   88   89   90   91   92   93   94   95   96   97