Page 7 - 010 Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca
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9. Se verificó que los expedientes técnicos de las obras o acciones se encuentren integrados conforme a
            la normatividad aplicable.

      10. Se comprobó que la obra pública ejecutada, se hubiera licitado o adjudicado de acuerdo a las leyes
            aplicables y que el procedimiento de excepción a la licitación se haya fundado y motivado, según las
            circunstancias que concurra en cada caso, en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad,
            honradez y transparencia que resultaran procedentes para obtener las mejores condiciones para el
            Estado.

      11. Se constató que la obra pública ejecutada, se haya amparado en un contrato debidamente formalizado,
            que cuente con los requisitos establecidos en las leyes aplicables y que la persona física o moral
            garantizara el anticipo recibido y el cumplimiento de las condiciones pactadas; en caso de
            modificaciones, que estas se encontraran debidamente justificadas y formalizadas mediante los
            convenios respectivos; asimismo, comprobar que en caso de conceptos extraordinarios y volúmenes
            excedentes estuvieran justificados y autorizados, así como la aplicación de penas convencionales y
            sanciones por incumplimiento y que los pagos realizados se hayan soportados con sus respectivas
            estimaciones y Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

      12. Se comprobó que previo a la ejecución de la obra pública, se hayan contado con los estudios y proyectos,
            así como dictámenes, permisos y licencias. Asimismo, que los recursos económicos destinados para el
            desarrollo del proyecto y ejecución de la obra hayan sido debidamente aprobados y autorizados por las
            instancias correspondientes.

      13. Se verificó que los trabajos hayan sido ejecutados conforme a las estimaciones presentadas, para el
            caso de obras concluidas que integraran el correspondiente finiquito, garantía de vicios ocultos y acta
            de entrega recepción; o en su caso, acta de terminación anticipada del contrato o acta de rescisión
            administrativa del contrato.

      14. Se verificó mediante la aplicación de un Cuestionario de Control Interno (CCI), que la Entidad Fiscalizable
            hubiera impulsado la prevención y administración de posibles eventos que obstaculicen el logro de sus
            objetivos institucionales.

      15. Se verificó que la Entidad Fiscalizable cuente con documentos normativos básicos, que regulen el
            ejercicio de sus funciones.

      16. Se verificó mediante la plataforma de transparencia de la Entidad Fiscalizable, la publicación de la
            información establecida en la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública y en la
            Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, con base en la tabla
            de aplicabilidad integral.

      17. Se constató que la Entidad Fiscalizable haya publicado en su respectivo medio oficial de difusión o a
            través de su página de internet, la información financiera señalada en la Ley General de Contabilidad
            Gubernamental.

      18. Se constató a través de la página de internet de la Entidad Fiscalizable, haya publicado la información
            financiera referente a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

      19. Se verificó que la información reportada por la Entidad Fiscalizable a la Secretaría de Hacienda y Crédito
            Público (SHCP) mediante el Sistema de Recursos Federales Transferido (RFT), sea congruente con la
            información financiera de sus reportes generados.

      20. Se comprobó que los Programas de los cuales, la Entidad Fiscalizable es responsable, estuvieran
            alineados al Presupuesto de Egresos, al Plan Estatal de Desarrollo y al Plan Estratégico Sectorial.

      21. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a los objetivos y metas programados en
            la Matriz de Indicadores para Resultados.

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