Page 28 - 011 San Pedro Mártir Yucuxaco
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022      Ley del Impuesto Sobre la Renta
                                                      Artículo 86 fracción V: “Expedir las constancias y el comprobante fiscal y proporcionar la información a que se refiere la fracción III del
                                                      artículo 76 de esta Ley; retener y enterar el impuesto a cargo de terceros y exigir el comprobante respectivo, cuando hagan pagos a terceros
                                                      y estén obligados a ello en los términos de esta Ley. Deberán cumplir con las obligaciones a que se refiere el artículo 99 de la misma Ley,
                                                      cuando hagan pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Título IV, Capítulo I del presente ordenamiento.”
                                                      Artículo 86 párrafo séptimo: “Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos, la Federación, las entidades federativas, los
                                                      municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación y
                                                      los organismos descentralizados que no tributen conforme al Título II de esta Ley están obligados a expedir y entregar comprobantes fiscales
                                                      a las personas que reciban pagos por concepto de salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, en la fecha
                                                      en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación
                                                      laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804 primer párrafo fracciones II y IV de la Ley Federal del Trabajo”

                                                      Ley General de Contabilidad Gubernamental
                                                      Artículos 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
                                                      documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
                                                      Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                      comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                      establezca el consejo.”
                                                      Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
                                                      comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
                                                      términos de las disposiciones que emita el consejo.
                                                      Artículo 67 párrafo segundo: “Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente en forma
                                                      electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios.”
                                                      Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                                                      controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                                                      órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”
                                                      Artículo 70 fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
                                                      disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”.

                                                  RESULTADO: AF-11	                        CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión a las sub-subcuenta 51211-2161 MATERIAL, ARTICULOS Y ENSERES PARA
                                                  EL ASEO, LIMPIEZA E HIGIENE, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto
                                                  de Egresos en cantidad de $12,820.40 (Doce mil ochocientos veinte pesos 40/100 M.N.),
                                                  realizando pagos en efectivo, con recursos del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas
                                                  y Municipios y Recursos Fiscales; observando que los registros contables y presupuestarios no
                                                  se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud,
                                                  autorización, evidencia del uso y destino del material y el proceso de contratación que demuestre
                                                  que la adquisición del producto se realizó con las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y
                                                  economía; respecto al Comprobante Fiscal Digital por Internet con número de folio fiscal 35653c8c-
                                                  7e1f-4b76-ac8c-70f6b56594b4, se observó que el registro contable no corresponde a la naturaleza
                                                  de la partida, por lo que la Entidad Fiscalizable no se ajustó al plan de cuentas emitido por el
                                                  Consejo Nacional de Armonización Contable para fines del registro de sus operaciones; además,
                                                  se detectó que no realizó el registro de una transacción en el momento de su realización; como se
                                                  detalla a continuación:

                                                              PÓLIZA DE DIARIO                        PÓLIZA DE EGRESO                     FUENTE DE
                                                                                                                                       FINANCIAMIENTO
                                                  NÚMERO         FECHA           IMPORTE      NÚMERO     FECHA          IMPORTE                              CAJA

                                                  000093         15/02/2022      1,525.40 000021         15/02/2022     1,525.40      RECURSOS FISCALES -       1,525.40
                                                                                                                                       RECURSOS FISCALES        4,335.00
                                                                                                                                                                6,960.00 
                                                  000497         18/04/2022      4,335.00     000135     18/04/2022     4,335.00 PARTICIPACIONES (RAMO     $12,820.40
                                                  001056         17/08/2022      6,960.00     000322     17/08/2022     6,960.00 28) - RECURSOS FEDERALES

                                                      TOTAL                     $12,820.40                              $12,820.40  

                                                     FECHA               NÚM.    PROVEEDOR                 COMPROBANTE                CONCEPTO
                                                  18/01/2022                                  IMPORTE
                                                                 AAA1D8A3-6B13-  LENIN YASER
                                                                    40E0-A6A3-     ESPINOSA       1,525.40  20 LTR SANITIZANTE PARA MANOS, 10 LTR GEL ANTIBACTERIAL, 5 LTR
                                                                                   CARRERA                  JABON PARA MANOS Y 6 DISPENSADORES 500 ML.
                                                                 2CA7C9BCCDE0

                                                  18/04/2022     6DBE9E21-3C00-  BETANZO      4,335.00      4 PIEZA LAMPARA ESPIRAL 65 WHATS OSRAM, 4 PIEZA 3 CONTACTOS
                                                                    4AC0-BA66-   SIMANCAS                   POLZARIZADOS 46458 ITALIANA VOLTECK, 2 PIEZA CINTA DE AISLAR 19
                                                                                  HERMAN                    MM x 18M NITTO NEGRA, 10 PIEZA FOTOCONTROL 2021 105/130C TORK, 1
                                                                  BA422D1B4068                              PIEZA REFLECTOR DE 100W 28016 8000 LM VOLTECK Y 4 PIEZA PAQUETE
                                                                                                            DE FOCOS LED 18 W 18129 VOLTECK.

                                                  26
   23   24   25   26   27   28   29   30   31   32   33