Page 30 - 011 San Pedro Mártir Yucuxaco
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  autorización, evidencia del uso, destino del material y el proceso de contratación; respecto al
                                                  Comprobante Fiscal Digital por Internet con número de folio fiscal 35653c8c-7e1f-4b76-ac8c-
                                                  70f6b56594b4, se observó que el registro contable no corresponde a la naturaleza de la partida,
                                                  por lo que la Entidad Fiscalizable no se ajustó al plan de cuentas emitido por el Consejo Nacional
                                                  de Armonización Contable para fines del registro de sus operaciones; además, se detectó que
                                                  no realizó el registro de una transacción en el momento de su realización; como se detalla a
                                                  continuación:

                                                              PÓLIZA DE DIARIO                        PÓLIZA DE EGRESO                      FUENTE DE
                                                                                                                                        FINANCIAMIENTO
                                                      NÚMERO     FECHA          IMPORTE       NÚMERO       FECHA          IMPORTE                                CAJA

                                                      000093     15/02/2022     1,525.40 000021 15/02/2022                1,525.40      RECURSOS FISCALES -        1,525.40
                                                                                                                                         RECURSOS FISCALES         4,335.00
                                                                                                                                                                   6,960.00 
                                                      000497     18/04/2022     4,335.00      000135    18/04/2022        4,335.00          PARTICIPACIONES   $12,820.40
                                                      001056     17/08/2022     6,960.00      000322    17/08/2022        6,960.00      (RAMO 28) - RECURSOS

                                                                                                                                                 FEDERALES

                                                      TOTAL                     $12,820.40                                $12,820.40  

                                                      FECHA      NÚM.           PROVEEDOR                    COMPROBANTE            CONCEPTO
                                                                                              IMPORTE

                                                  18/01/2022  AAA1D8A3-6B13-    LENIN YASER   1,525.40  20 LTR SANITIZANTE PARA MANOS, 10 LTR GEL ANTIBACTERIAL, 5 LTR
                                                                 40E0-A6A3-       ESPINOSA              JABON PARA MANOS Y 6 DISPENSADORES 500 ML.
                                                                                  CARRERA
                                                              2CA7C9BCCDE0

                                                  18/04/2022  6DBE9E21-3C00-    BETANZO       4,335.00  4 PIEZA LAMPARA ESPIRAL 65 WHATS OSRAM, 4 PIEZA 3 CONTACTOS
                                                                 4AC0-BA66-     SIMANCAS                POLZARIZADOS 46458 ITALIANA VOLTECK, 2 PIEZA CINTA DE AISLAR 19
                                                                                 HERMAN                 MM x 18M NITTO NEGRA, 10 PIEZA FOTOCONTROL 2021 105/130C TORK, 1
                                                               BA422D1B4068                             PIEZA REFLECTOR DE 100W 28016 8000 LM VOLTECK Y 4 PIEZA PAQUETE DE
                                                                                                        FOCOS LED 18 W 18129 VOLTECK.

                                                  17/09/2022  35653c8c-7e1f-       CECILIA    6,960.00 8 PAR DE BOTA MC NEW TRS TIPO MILITAR EN COLOR NEGRO
                                                                 4b76-ac8c-     JAQUELINE
                                                                                VIVAS CRUZ
                                                              70f6b56594b4

                                                                  $12,820.40  

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental en los
                                                  artículos 34, 42 párrafo primero, 43, 67 párrafos primero y segundo y 70 fracción I y Ley
                                                  Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca en el artículo 120; que a la letra dice:

                                                           Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                           Artículo 34: “La contabilización de las transacciones de gasto se hará conforme a la fecha de su realización, independientemente de la de
                                                           su pago”
                                                           Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
                                                           documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
                                                           Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                           comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                           establezca el consejo.”
                                                           Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
                                                           comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
                                                           términos de las disposiciones que emita el consejo.”
                                                           Artículo 67 párrafo segundo: “Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente en forma
                                                           electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios.”
                                                           Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                                                           controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                                                           órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”

                                                           Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                           Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
                                                           disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
                                                           del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
                                                           Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
                                                           el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
                                                           Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”

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