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Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 46 tercer párrafo: “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación
directa y de invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos
asignados para el ejercicio de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad
de licitación pública sobre cualquier techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como
máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la observación
que se detalla en este resultado y presentara toda la información y documentación que demuestre las acciones
realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/413/2023, notificado el 22 de septiembre de 2023, se dieron a
conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa
Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones
correspondientes.
El Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones,
mediante oficio SST/PM/0303/2023 de fecha 06 de septiembre de 2023, presentó documentación como
consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 19 de octubre de 2023, sin embargo, para este resultado
en particular, no presentó documentación; por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración
2022-OA/CPM/013/2023-SA-04
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, presente
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que compruebe, justifique
o aclare lo relativo a que la suma de los montos contratados por excepción a la licitación pública de los distintos
programas que ejecutó, excedió del 30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se
describe a continuación:
MODALIDAD NÚMERO DE IMPORTE PORCENTAJE
OBRAS CONTRATADO
CONTRATADAS
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
SUB TOTAL
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