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El Municipio de Santa María Chilchotla Distrito de Teotitlán, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, mediante oficio número MSMC/S/N-2023 de fecha 30 de octubre de 2023, suscrito por el C.
Alejandro Martínez Escobedo, presidente Municipal dirigido al director de Auditoria Municipal, A como consta en
el acta circunstanciada de fecha treinta de octubre del dos mil veintitrés, presento la siguiente información:
Respecto a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos fuera del plazo máximo de
cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones y aportaciones y no presentó
Comprobante Fiscal Digital por Internet. Presentó pólizas de Ingresos y comprobantes fiscales Digitales por
internet (CFDI).
Por lo anterior y una vez analizada la documentación presentada, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca, determina que subsiste la observación, por lo que se emite:
Recomendación.
2022-OA/CPM/016/2023-RE-02
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación que compruebe,
justifique o aclare lo relativo a:
En relación a la documentación relativa a los registros contables y presupuestarios de los ingresos del Ramo
General 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, del Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones
para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y del
Ramo 33 Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), respectivamente; se observó que los Comprobantes Fiscales
Digitales por Internet (CFDI) expedidos a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, fueron expedidos fuera del
plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones y aportaciones; así
mismo se observó que respecto a las pólizas de ingreso números 000292, no presentó Comprobante Fiscal
Digital por Internet; cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-SEG-03.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 95 fracciones II
párrafo segundo, que a la letra dice:
Ley Orgánica Municipal del Estado
Artículo 95 fracción II párrafo segundo: “Expedir el comprobante fiscal digital a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca en
un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones, aportaciones y demás recursos
federales aprobados en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación a favor del Municipio”.
RESULTADO: AF-08 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la documentación e información presentada por el Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito
de Teotitlán, Oaxaca, se observó que el municipio omitió presentar los estados de cuenta bancarios y
conciliaciones bancarias de los meses de abril, octubre a diciembre del ejercicio fiscal 2022 de la cuenta bancaria
número 1174935938 de la Institución Bancaria Banco Mercantil del Norte S.A.
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