Page 77 - 016 Santa María Chilchotla
P. 77
del dos mil veintidós, así mismo de la revisión de este documento se constató que el Municipio celebró todos los
contratos de obra con contratistas inscritos en el Padrón publicado.
RESULTADO: AF-31 CON OBSERVACIÓN
De la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso y terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022,
integrada en la cuenta pública y de los expedientes técnicos unitarios presentados por el Ayuntamiento del
Municipio, se constató que la suma de los montos contratados por excepción a la licitación pública de los distintos
programas que ejecutó, excedió del 30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se
describe a continuación:
MODALIDAD NÚMERO DE IMPORTE PORCENTAJE
OBRAS CONTRATADO
CONTRATADAS
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
SUB TOTAL
EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA 20 $36,702,237.11 91.16%
INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO
MENOS TRES CONTRATISTAS 05 $3,559,707.07 08.84%
ADJUDICACIÓN DIRECTA 25 $40,261,944.18 100.00%
SUB TOTAL
TOTAL 25 $40,261,944.18 100.00%
Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de
Teotitlán, Oaxaca.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 46 tercer párrafo: “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación
directa y de invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos
asignados para el ejercicio de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad
de licitación pública sobre cualquier techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como
máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la
observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información y documentación que demuestre
las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/492/2023, notificado el 09 de octubre de 2023, se dieron a
conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa
Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones
correspondientes.
75