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El Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, mediante oficio número MSMC/S/N-2023 de fecha 30 de octubre de 2023, presentó
documentación en copias certificadas como consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 30 de
octubre de 2023, sin embargo, para este resultado en particular, no relaciona ninguna documentación; por lo
anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación.
Por lo que se emite:

Solicitud de Aclaración
2022-OA/CPM/016/2023-SA-07

Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca,
Oaxaca, presente ante esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
compruebe, justifique o aclare lo relativo a la plantilla de personal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022,
que compruebe que contó con el elemento humano con capacidad técnica para la ejecución de los trabajos, toda
vez que el Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, ejecutó dieciséis obras por la
Modalidad de Administración Directa y veinticinco obras por la Modalidad de Contrato en el ejercicio 2022,
asimismo quince obras públicas que concurrieron en el periodo de la primera quincena de agosto de 2022, por
lo anterior acredite contar con la capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para ello,
consistentes en personal técnico que se requiera para el desarrollo de las obras bajo la modalidad de
Administración Directa.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca,
Artículo 62, que a la letra dice:

            Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

           Artículo 62: “Las Dependencias, Entidades o los Ayuntamientos, bajo su responsabilidad podrán ejecutar obra pública por
           administración directa, siempre que posean capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para ello,
           consistentes en maquinaria, equipo de construcción y personal técnico que se requiera para el desarrollo de los trabajos
           respectivos.”

RESULTADO: AF-34  SIN OBSERVACIÓN

Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos; proporcionados por el Municipio de Santa María
Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de autorización
de las obras, se constató que contaron con el oficio de autorización de recursos y el anexo financiero técnico, el
cual muestra el desglose de la obra para la obtención del monto autorizado.

RESULTADO: AF-35  CON OBSERVACIÓN

Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de Santa
María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de
programación y presupuestación, se observa que no presentaron la memoria de cálculo, la memoria descriptiva,
los Estudios de ingeniería Topográficos, asimismo, se detectaron irregularidades en los planos del proyecto
arquitectónicos y de ingeniería, observaciones presentes en dieciséis obras como se desglosa en el anexo
DAM-VIF-01.

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