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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022       Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                       Artículo 42 primer párrafo: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
                                                       original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,
                                                       Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                       comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                       establezca el consejo.”,
                                                       Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos
                                                       y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
                                                       términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente
                                                       en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios
                                                       bancarios y
                                                       Artículo 70 fracción I: “I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados
                                                       y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                                                       órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”;

                                                       Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                       Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
                                                       disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
                                                       del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
                                                       Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
                                                       el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
                                                       Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”

                                                       Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                       Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
                                                       con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
                                                       solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
                                                       relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.

                                                  RESULTADO: AF-49                                 CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3581 SERVICIOS DE LIMPIEZA DE BIENES MUEBLES,
                                                  se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $216,920.00
                                                  (Doscientos dieciséis mil novecientos veinte pesos 00/100 M.N.), realizando pago mediante
                                                  transferencia bancaria con afectación a la cuenta bancaria número 1174767782, de la Institución
                                                  Bancaria Banco Mercantil del Norte S.A., con recursos fiscales, del Ramo 28, Participaciones
                                                  a Entidades Federativas y Municipios y del Ramo 33, Fondo IV, Fondo de Aportaciones para
                                                  el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
                                                  (FORTAMUN-DF.); observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran
                                                  soportados con la documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud de la necesidad,
                                                  autorización correspondiente para su adquisición, la constancia de recepción, la evidencia que
                                                  demuestre el uso y destino del recurso y proceso de contratación que demuestre que se realizó
                                                  en las mejores condiciones disponibles al municipio en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
                                                  oportunidad y demás circunstancias pertinentes; como se detalla a continuación:
                                                  	

                                                          PÓLIZA DE DIARIO                      PÓLIZA DE EGRESO                                             BANCO

                                                  NÚMERO      FECHA  IMPORTE            NÚMERO     FECHA       IMPORTE         FUENTE DE    FECHA           INSTITUCIÓN        No. DE CHEQUE O  IMPORTE
                                                                                                                           FINANCIAMIENTO               BANCARIA Y NÚM.        TRANSFERENCIA

                                                                                                                                                             DE CUENTA              BANCARIA

                                                  003896 10/06/2022         216,920.00  001353  10/06/2022 216,920.00       APORTACIONES    10/06/2022  BANCO MERCANTIL        TRANSFERENCIA    216,920.00
                                                                                                                           (RAMO 33 FONDO                 DEL NORTE, S.A.,     BANCARIA CLAVE
                                                                                                                                                              NÚMERO DE        DE RASTREO:273
                                                                                                                            IV) - RECURSOS
                                                                                                                               FEDERALES                CUENTA 1174767782

                                                  TOTAL              $216,920.00                            $216,920.00                                                                         $216,920.00

                                                  FECHA       NÚM.               PROVEEDOR      IMPORTE                                            CONCEPTO

                                                  23/06/2022  FEF74024-63DC-   JOSE JESUS       216,920.00  20 SERVICIO LUBRICACIÓN, PERMEABILIZACIÓN Y REVISIÓN DE TORNILLERÍA DE BRAZOS Y CÁMARAS DEL C2, 20
                                                                 4EBB-8977-   GARCIA CRUZ                   SERVICIO PINTADO Y PERMEABILIZACIÓN DE BRAZOS Y POSTES DE CÁMARAS DE C2 DONDE ESTÉN EXPUESTOS
                                                                                                            A CORROSIÓN, 20 SERVICIO APLICACIÓN DE REPELENTE DE INSECTOS, EN LAS CÁMARAS DEL C2, 20 SERVICIO
                                                               08313E2FFE89                                 REVISIÓN DE SISTEMA ELÉCTRICO Y ACTUALIZACIÓN DE FIRMWARE DE CADA SITIO ENCARGADO DE ENLACE Y
                                                                                                            VIDEO AL C2, 1 SERVICIO REVISIÓN DE SECTORES, ACTUALIZACIÓN Y CALIBRACIÓN EN TORRE, 1 SERVICIO RENTA
                                                                                                            DE GRUA/ ESCALERA/ ANDAMIO, PARA TRABAJO EN SITIO.

                                                                                                $216,920.00  

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad

                                                  104
   101   102   103   104   105   106   107   108   109   110   111