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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

El Municipio de Santiago Tlazoyaltepec, Distrito de Etla, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones
y justificaciones, presentó el oficio original sin número de fecha 20 de octubre de 2023, suscrito por
el C. Celedonio Morales Velasco, Presidente Municipal, dirigido al Director de Auditoria Municipal A,
como consta en el acta circunstanciada de fecha veinte de octubre de 2023; sin embargo, respecto
a este resultado no proporcionó documentación.

En consecuencia, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:

Recomendación.
2022-OA/CPM/019/2023-RE-01
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Tlazoyaltepec, Distrito de
Etla, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a:

Realizar las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno
(MICI), con la finalidad de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución
de los objetivos relacionados con las operaciones, la información y el cumplimiento; en particular el
componente de ambiente de control, que tiene por objeto identificar si se establecieron normas,
procesos y estructuras que proporcionan una base para llevar a cabo el control interno en el
Municipio, así como la normativa que proporciona disciplina y estructura para apoyar al personal en
la consecución de los objetivos institucionales, con la implementación de códigos de ética, códigos
de conducta debidamente socializados con los servidores públicos del municipio, que coadyuven
a alcanzar los objetivos institucionales de manera permanente en sus operaciones; así mismo,
realice las acciones necesarias a través de la asignación de un área responsable que tenga a su
cargo los procesos de administración de riesgos, que permitirá identificar, analizar y evaluar los
riesgos que pudieran impedir el cumplimiento de los objetivos del Municipio, así como proveer
las bases para desarrollar respuestas apropiadas al riesgo, que mitigue el impacto en caso de
materialización, a través de la elaboración de guías o manuales de riesgos en el Municipio, prevenir
acciones y riesgos asociados a su administración incluyendo los de corrupción; en atención a las
recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias
del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; realizar las
acciones necesarias a través de la implementación de actividades de control mediante políticas
y procedimientos, para responder a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de
los objetivos, como son revisiones periódicas de las políticas y procedimientos implementados
en todos los niveles del municipio, en las distintas etapas de los procesos de las actividades
sustantivas (administración del ayuntamiento, planeación, ejercicio de los recursos federales,
ejecución de obra pública), y adjetivas (Finanzas, tesorería), emisión de estados financieros,
pago de nóminas, recursos humanos, adquisiciones, inventario de bienes muebles e inmuebles,
capacitación y evaluación del personal respecto a las responsabilidades asignadas a fin de lograr
los objetivos institucionales; realizar las acciones necesarias a través de la implementación de un
área responsable de la información y comunicación, la información es necesaria para que el
ayuntamiento del municipio lleve a cabo sus responsabilidades de control interno para el logro de
sus objetivos. El ayuntamiento del municipio requiere tener acceso a comunicaciones relevantes y
confiables en relación con los eventos internos y externos. La información y comunicación eficaces
son vitales para la consecución de los objetivos institucionales; realizar las acciones necesarias a
través de la implementación de un área con responsables a cargo de supervisar el control interno,
que establezca los procedimientos a seguir en caso de detectar deficiencias en el control interno,
comunicarlas y corregirlas, para asegurar que se lleven a cabo de manera oportuna, a fin de
contribuir y asegurar que los programas del Ayuntamiento se mantengan alineados con los objetivos
institucionales, el entorno operativo y libre de riesgos asociados.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo
5 párrafos primero y segundo; Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el
Estado de Oaxaca, articulo 9 párrafo segundo; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca,

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