Page 65 - 012 Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Núm. Núm. De resultado Número de acción Acción emitida INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022
1 AF-07 2022-OA/CPE/12/2023-SA-01 Solicitud de Aclaración
2 AF-10 2022-OA/CPE/12/2023-SA-02 Solicitud de Aclaración
3 AF-18 2022-OA/CPE/12/2023-SA-03 Solicitud de Aclaración
4 AF-19 2022-OA/CPE/12/2023-SA-04 Solicitud de Aclaración
5 AF-21 2022-OA/CPE/12/2023-SA-05 Solicitud de Aclaración
6 AC-23 2022-OA/CPE/12/2023-RE-01 Recomendación
7 AC-24 2022-OA/CPE/12/2023-RE-02 Recomendación
8 AD-29 2022-OA/CPE/12/2023-RE-03 Recomendación
9 AD-30 2022-OA/CPE/12/2023-RE-04 Recomendación
10 AD-31 2022-OA/CPE/12/2023-RE-05 Recomendación
Núm. Núm. De resultado Número de acción Importe Acción emitida
1 AF-05 2022-OA/CPE/12/2023-PO-01 $6,668,053.31 Pliego de Observaciones
2 AF-06 2022-OA/CPE/12/2023-PO-02 $4,472.00 Pliego de Observaciones
3 AF-08 2022-OA/CPE/12/2023-PO-03 $299,486.45 Pliego de Observaciones
4 AF-09 2022-OA/CPE/12/2023-PO-04 $975,461.94 Pliego de Observaciones
5 AF-11 2022-OA/CPE/12/2023-PO-05 $213,355.35 Pliego de Observaciones
6 AF-12 2022-OA/CPE/12/2023-PO-06 $577,071.00 Pliego de Observaciones
7 AF-13 2022-OA/CPE/12/2023-PO-07 $18,734,201.22 Pliego de Observaciones
8 AF-17 2022-OA/CPE/12/2023-PO-08 $4,010,638.00 Pliego de Observaciones
Total
$31,482,739.27
DICTAMEN
La auditoría se practicó con base en la información proporcionada por la Entidad Fiscalizable
y de cuya veracidad es responsable, con el fin de evaluar los resultados de la Gestión Financiera
de la cuenta pública, de acuerdo con el objetivo, alcance y pruebas selectivas que se estimaron
necesarios. En consecuencia, la opinión se refiere solo a la muestra de las operaciones examinadas
y procedimientos de auditorías aplicadas, por lo que se considera que la auditoría efectuada
proporciona una base razonable para sustentar la siguiente opinión:
La Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que la Entidad Fiscalizable
Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado antes Servicios de Agua
Potable y Alcantarillado de Oaxaca, no cumplió con las disposiciones normativas aplicables en el
ejercicio del gasto público, como se precisa en los resultados con observación AF-05, AF-06, AF-
07, AF-08, AF-09, AF-10, AF-11, AF-12, AF-13, AF-17, AF-18, AF-19, AF-21, AC-23, AC-24, AD-
29, AD-30 y AD-31, en los que se constató que la Entidad Fiscalizable no presentó el Dictamen
y autorización del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Estado
de Oaxaca para realizar adquisiciones bajo la modalidad de Adjudicación Directa por excepción a la
Licitación; falta de documentación comprobatoria y justificativa del gasto; se realizaron adquisiciones
con proveedores que no se encuentran inscritos en el Padrón de proveedores; se realizaron
compras fraccionadas bajo la modalidad de Compra Directa Menor; no presentó el expediente de
la Licitación Pública LPN-SA-SA-0032-08/2022 correspondiente a Compras Consolidadas llevadas
a cabo por el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de
Oaxaca; no presentó documentación comprobatoria de las adquisiciones de bienes realizadas bajo
la modalidad de Compras Directas Menores, además que las adquisiciones no se hicieron a través
de la Secretaría de Administración; se observó que existen diferencias entre el registro contable
del gasto y lo efectivamente pagado; no presentó el Programa y la autorización por parte de la
Secretaría de Finanzas para efectuar el pago de listas de raya correspondientes al período julio a
diciembre de 2022, del Programa Permanente de Operación y Mantenimiento a la Infraestructura
Hidráulica, Sanitaria y Pluvial; así mismo, no presentó documentación justificativa que acredite los
trabajos realizados por el personal pagado; los trabajos de obra pública correspondientes a dos
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