Page 7 - 013 Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca
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6. Se verifico que la Entidad Fiscalizable contó con una cuenta bancaria específica para el fondo o programa
      de que se trate, en la que se manejaron exclusivamente esos recursos y sus rendimientos financieros y
      en la que no debieron incorporar remanentes de otros ejercicios ni aportaciones realizadas de otra
      naturaleza.

7. Se verifico que las cifras reportadas en los estados financieros de la Entidad Fiscalizable al cierre del
      ejercicio fiscal sujeto a revisión coincidan con la información reportada en la Cuenta Pública Estatal a la
      que corresponda.

8. Se verificó que la existencia de los registros contables y presupuestales específicos de las erogaciones
      del fondo o programa realizadas, se encuentren debidamente actualizadas e identificadas con la
      documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido y cumpla con la normatividad
      aplicable.

9. Se verificó que se cumpla con las categorías, puestos y número de plazas autorizadas, así como, que las
      remuneraciones por sueldos y salarios se apeguen a los tabuladores autorizados y vigentes en el
      ejercicio y que los pagos de estas, estén soportados con las nóminas y/o contratos correspondientes.

10. Se verificó que los sueldos y salarios pagados se encuentren efectivamente devengados por los
      trabajadores.

11. Se verificó que los expedientes del personal cuenten con la documentación que acredite el perfil de la
      plaza contratada.

12. Se constato que los pagos por sueldos y salarios estén soportados con las nóminas debidamente
      firmadas por los trabajadores, así como con las dispersiones electrónicas de los recursos.

13. Se comprobó mediante pruebas selectivas, que las remuneraciones por sueldos y salarios, se pagaron
      conforme al tabulador de sueldos y puestos emitidos por la Secretaría de Administración, y a los montos
      estipulados en los contratos

14. Se comprobó mediante la aplicación de un Cuestionario de Control Interno (CCI), que la Entidad
      Fiscalizable hubiera impulsado la prevención y administración de posibles eventos que obstaculicen el
      logro de sus objetivos institucionales.

15. Se constató que la Entidad Fiscalizable cuente con documentos normativos básicos, que regulen el
      ejercicio de sus funciones.

16. Se constató mediante la plataforma de transparencia de la Entidad Fiscalizable, la información
      establecida en la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública y en la Ley de
      Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, con base en la tabla de
      aplicabilidad integral.

17. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya publicado en su respectivo medio oficial de difusión o a través
      de su página de internet, la información financiera señalada en la Ley General de Contabilidad
      Gubernamental.

18. Se comprobó través de la página de internet de la Entidad Fiscalizable, que haya publicado la información
      financiera referente a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

19. Se verificó que los Programas, de los cuales la Entidad Fiscalizable es responsable, estuvieran alineados
      con el Plan Estatal de Desarrollo, Plan Estratégico Sectorial y el Presupuesto de Egresos.

20. Se verificó que la Entidad Fiscalizable hubiera dado seguimiento a los indicadores estratégicos, para el
      cumplimiento de los objetivos de los programas.

21. Se verificó que la Entidad Fiscalizable hubiera monitoreado y dado seguimiento a los resultados de sus
      indicadores de gestión, en cumplimiento de sus metas establecidas.

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