Page 208 - 009 Comisión Estatal del Agua para el Bienestar
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RESULTADO: AC-042 SIN OBSERVACIÓN
De la verificación a la página de internet de la Entidad Fiscalizable, se comprobó que cumplió con la publicación
de la información en lo relativo a los formatos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y
los Municipios, y en sus criterios para la elaboración homogénea de la información financiera, la cual puso a
disposición en la liga https://www.oaxaca.gob.mx/cea/rendicion-de-cuentas/.
AUDITORÍA SOBRE EL DESEMPEÑO
RESULTADO: AD-043 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de la Matriz de
Indicadores para Resultados y Reportes de Avance de Gestión se verificó que las actividades derivadas del
Programa 146 Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento, se
encuentran alineadas en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 y el Plan Estratégico Sectorial
“Vivienda y Servicios Básicos”. Así mismo, dicho programa fue aprobado en el Presupuesto de Egresos para el
ejercicio 2022.
RESULTADO: AD-044 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de la Matriz de
Indicadores para Resultados reporte de cierre del programa 146 Ampliación y Mejoramiento de los Servicios
de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento, se observó que no reportó las metas alcanzadas a nivel proposito,
aunado a ello, no presenta evidencia de que las metas alcanzadas a nivel fin fueran reportadas en el MIDO, por
lo que no fue posible verificar el seguimiento del indicador estratégico.
Incumpliendo con lo establecido, en la siguiente normatividad:
Ley Estatal de Planeación
Artículo 40: “Son objeto de seguimiento y evaluación de desempeño los programas y proyectos que integren el PED y los
planes del SIEP, independientemente de su fuente de financiamiento. El seguimiento y la evaluación se realizarán con base en
la recopilación, análisis y reporte de información sobre el cumplimiento de objetivos, indicadores y metas definidos con los
recursos públicos asignados.”
Artículo 74: “La estructura programática que se defina deberá facilitar la consistencia e integración entre el Presupuesto de
Egresos anual y los planes para lo cual deberá incluir indicadores de desempeño con sus correspondientes metas anuales. Los
indicadores de desempeño corresponderán a un índice, a una unidad de medida, cociente o fórmula que permita establecer un
parámetro de medición de lo que se pretende lograr en un año, expresado en términos de cobertura, eficiencia, impacto
económico y social, calidad y equidad. Estos indicadores serán la base para el funcionamiento del SED. Los Poderes Legislativo
y Judicial y los Órganos autónomos incluirán los indicadores de desempeño y metas que faciliten la evaluación del desempeño
de sus programas presupuestarios.”
Artículo 75 párrafo primero: “Para cada programa, sub programa y proyecto de inversión, de acuerdo a las definiciones de la
Federación, se deberá formular matrices de indicadores bajo el enfoque de marco lógico que facilite la consistencia entre el
presupuesto y los planes para garantizar su control y evaluación.”
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 57 último párrafo: “Las dependencias y entidades deberán cumplir con los compromisos e indicadores del desempeño
de las medidas que se establezcan en el programa a que se refiere el párrafo anterior. Dichos compromisos deberán
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