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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Pago Único, por la cantidad de $302,409.00 (Trescientos dos mil cuatrocientos nueve pesos 00/100 M.N.), el cual INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022
se cubrirá previa presentación del Informe Final de la Cláusula Séptima y que será pagado dentro de los veinte días
naturales siguientes a la presentación y validación de los comprobantes fiscales digitales, el cual será facturado de la
siguiente forma:
PARTIDA DESCRIPCIÓN P.U. TOTAL
1 Pago del servicio de asesoría para la Identificación de procedimientos y
actividades de control en la gestión documental financiera $260,697.41 $260,697.41
SUBTOTAL $260,697.41
IVA $41,711.59
TOTAL $302,409.00
CLÁUSULA SÉPTIMA. -OBLIGACIONES DEL “EL PROVEEDOR”.-
“LAS PARTES” pactan para el cumplimiento del objeto del presente Instrumento Jurídico, que el “EL PROVEEDOR” se
obliga a:
a) Presentar los servicios en los términos establecidos, en el lugar de presentación del servicio y características
establecidas en este Contrato;
b) Comprobar la prestación del Servicio conforme a los siguientes:
# DESCRIPCIÓN CANTIDAD FECHA DE RESPONSABLE DE LUGAR DE ENTREGA
VALIDAR EL ENTREGABLE
ENTREGA
Entregables estipulados Director Financiero del Dirección Financiera,
en el numeral 3 de las A más tardar a los Instituto Estatal de ubicada en Avenida de las
1 1 diez días hábiles a la Etnias 117, colonia Reforma
“Especificaciones Educación Pública de
firma del Contrato De lunes a viernes, en un
Técnicas” Oaxaca
horario de 10:00 a 18:00 hrs.
c) Prestar los servicios a que se refiere la Cláusula Primera del presente Contrato, conforme a las especificaciones
técnicas que se tienen por reproducidas como si a la letra se insertasen de acuerdo con la calidad y eficiencia profesional,
así como en los lugares requeridos;
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Instituto Estatal de
Educación Pública de Oaxaca, justificara, aclarara o reintegrara el importe de $760,909.00 (Setecientos
sesenta mil novecientos nueve pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este
Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, aplicado de conformidad con el Tercero Transitorio
de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, expedida mediante Decreto
1541 por la Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca y publicado el 30 de
septiembre del 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, toda la información y
documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/3005/2023, se notificó el día 26 de octubre de 2023, los Resultados
Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles,
presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante
oficio número DF/4056/2023 de fecha 22 de noviembre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 23 de noviembre de 2023, presentó la siguiente información y documentación en copias certificadas como
son:
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