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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 El Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 8 de octubre de 2023, suscrito
por el C. Juan Bautista Santiago Luis, Presidente Municipal, dirigido al Director de Auditoría
Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha nueve de octubre de 2023, presentó
la siguiente información:
Respecto a la sub-subcuenta 51291-2961 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE TRANSPORTE, de los pagos en cantidad de $225,390.19 (Doscientos veinticinco
mil trecientos noventa pesos 19/100 M.N.),, Presentó: Oficios de solicitud, oficio de orden
de adquisición y pago, documento denominado solicitud y vale de material, acuerdos, reporte
fotográfico y comprobantes fiscales digitales por internet, atendiendo los pagos en cantidad de
$79,800.41 (Setenta y nueve mil ochocientos pesos 41/100 M.N.), como se detallan en el
ANEXO DAM-FC-13-SEG-20.
Una vez analizada la documentación e información, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca, se determina que subsiste la observación, por lo que se emite:
Pliego de Observaciones.
2022-OA/CPM/004/2023-PO-18
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $145,589.78 (Ciento
cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y nueve pesos 78/100 M.N.); lo relativo a:
En relación a la sub-subcuenta 51291-2961 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE TRANSPORTE; se observando que los registros contables y presupuestarios no se
encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto referente a la constancia de
recepción y las bitácoras de mantenimiento en las que se demuestre que las refacciones adquiridas
fueron colocadas en los equipos de transporte propiedad de municipio, identificando el nombre del
fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas, como se detallan en el
ANEXO DAM-FC-13-SEG-20.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos
42 párrafo primero, 43, 67 párrafos primero y segundo; y Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero; que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos
y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente
en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios
bancarios”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.
RESULTADO: AF-26 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51291-2982 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES
DE MAQUINARIA PESADA Y DE CONSTRUCCIÓN se constató que el ente fiscalizado afectó
el Presupuesto de Egresos en cantidad de $28,529.37 (Veintiocho mil quinientos veinte
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