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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
la bitácora de mantenimiento de equipo de transporte en donde demuestre el servicio de reparación
y mantenimiento a vehículos propiedad del municipio, además presenta documentación que carece
de firmas, como se detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO BANCARIA Y NÚM. TRANSFERENCIA 26,622.00
DE CUENTA BANCARIA $26,622.00
001003 29/04/2022 26,622.00 000370 29/04/2022 26,622.00 RECURSOS 27/04/2022 BBVA BANCOMER, TRANSFERENCIA
FISCALES S.A., CUENTA BANCARIA CLAVE
NÚMERO:
0115185807 DE RASTREO:
002601002204
270000312484
TOTAL $26,622.00 $26,622.00
COMPROBANTE OBSERVACIONES
IMPORTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR CONCEPTO
11/04/2022 0ee7556f- AUTOPARTES Y 26,622.00 1 UNIDAD DE SERVICIO CALIBRACIÓN DE BOMBA HIDRÁULICA, 1 UNIDAD DE *LA ORDEN DE ADQUISICIÓN Y
8fe4-47d6- REFACCIONES SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE 2000 HORAS DE TRABAJO, 1 UNIDAD DE PAGO CARECE DE FIRMA POR EL
SERVICIO CAMBIOS DE CHICOTE DE ACELERADOR, 1 UNIDAD DE SERVICIO REGIDOR DE HACIENDA.
80c8- MARLO S.A EXTRACCIÓN DE TORNILLO CAPADO EN YUGO, 1 UNIDAD DE SERVICIO QUITADA Y
d9c99aa9b14f DE C.V PUESTA DE YUGO TRASERO DE TRANSMISIÓN, 1 UNIDAD DE SERVICIO REVISIÓN Y *EL SERVICIO NO SE
REPARACIÓN DE CARRIER DELANTERO LADO IZQUIERDO, 1 UNIDAD DE SERVICIO ENCUENTRA EN EL CONTROL DE
CAMBIO DE RONDANA DE RETENCIÓN DE FLECHA LATERAL DELANTERA,1 UNIDAD MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS.
DE SERVICIO CAMBIO DE CANDADOS DE FLECHA CARDAN
$26,622.00
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos
42 párrafo primero, 43, 67 párrafo primero y segundo; Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero, que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”;
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”;
Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos
y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente
en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios
bancarios”;
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.
RESULTADO: AF-38 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51381-3822 ACTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL, se
constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $460,080.00
(Cuatrocientos sesenta mil ochenta pesos 00/100 M.N.), realizando pagos en efectivo y
mediante cheque y transferencia con afectación a las cuentas bancarias 0115185807 y 0118258376
de la Institución Bancaria, Banco Mercantil del Norte, S.A., con recursos fiscales y Ramo 28,
Participaciones a Entidades Federativas y Municipios; de los cuales se observó que los registros
contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación comprobatoria
y justificativa del gasto relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, solicitud de la
necesidad, autorización correspondiente, constancia de recepción y proceso de contratación, en
donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; así mismo se detectaron
inconsistencias en la documentación presentada ya que carecen de firmas; como se detalla a
continuación:
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