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Fracción VIII: “Las demás previsiones que deban tomarse en consideración según la naturaleza y características de la obra.
Para el exacto cumplimiento de lo dispuesto por este artículo los Ayuntamientos, podrán solicitar asesoría a la Secretaría o a la
Contraloría”.
Artículo 26: “La contratación de obra pública, por Dependencias y Entidades solo podrá llevarse a cabo cuando se tenga
saldo disponible en las partidas correspondientes del presupuesto aprobado, y se cuente con los títulos de propiedad
debidamente inscritos en los Registros Públicos a favor de las Dependencias, Entidades y Ayuntamientos, además deberán
contar con los estudios y proyectos, las normas y especificaciones de construcción y programas de ejecución; salvo casos
excepcionales a juicio de la Secretaría y previa autorización del COPLADE, podrán convocarse sin contar con tales requisitos.
Los servidores públicos que autoricen actos en contravención a lo dispuesto en este artículo, se harán acreedores a las
sanciones previstas por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca y disposiciones
aplicables”.
Artículo 36: “En las licitaciones públicas, la entrega de proposiciones se hará por escrito mediante dos sobres cerrados en
forma inviolable que contendrán por separado, la propuesta técnica y la propuesta económica, la que deberá contener como
mínimo”:
Inciso A.- “En el aspecto técnico, los documentos que contendrá el sobre cerrado según las características de la obra
serán”:
Fracción I: “Manifestación escrita de no encontrarse en los supuestos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación”
Fracción II: “Manifestación escrita de conocer el sitio de los trabajos, así como de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones
que se celebren”
Fracción III: “Datos básicos de costos de materiales y del uso de la maquinaria de construcción, puestos en el sitio de los
trabajos, así como de la mano de obra a utilizarse”
Fracción IV: “Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicado si son de su propiedad o rentados, su ubicación física
o vida útil”
Fracción V: “Programas calendarizados de ejecución de los trabajos, utilización de la maquinaria y equipo de construcción,
adquisición de materiales y equipo de instalación permanente; así como utilización del personal técnico, administrativo, obrero
y de servicios, encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos, en la forma y términos solicitados”
Fracción VI: “En su caso, manifestación escrita de las partes de la obra que subcontratará, o de los materiales o equipo que
pretenda adquirir, que incluya su instalación”
Fracción VII: “Relación de contratos de obra que tenga celebrados con la Administración Pública, con particulares, incluyendo
el acta de entrega–recepción de la obra o cualquier otro documento que acredite la experiencia o capacidad técnica
requerida”
Inciso B.- “En el aspecto económico, los documentos que contendrá el sobre cerrado según las características de la obra serán”:
Fracción I: “Carta compromiso de la proposición”.
Fracción II: “Catálogos de conceptos, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios propuestos e importes
parciales y el total de la proposición”
Fracción III: “Análisis de los precios unitarios de los conceptos solicitados, estructurados con costos directos, costos indirectos,
costos de financiamiento y cargo por utilidad. El procedimiento de análisis de los precios unitarios podrá ser por asignación de
recursos calendarizados, o por el rendimiento por hora o turno. Los costos directos incluirán los cargos por conceptos de
materiales, mano de obra, herramientas, maquinaria y equipo de construcción. Los costos indirectos estarán
representados con un porcentaje del costo directo, dichos costos se desglosarán en los correspondientes a la administración
de oficinas centrales, de las obras, de seguros y de fianzas. El costo de financiamiento de los trabajos estará representado por
un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; para la determinación de este costo deberán considerarse
los gastos que realizará el contratista en la ejecución de los trabajos, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá, y
la tasa de interés que aplicará, debiendo adjuntarse el análisis correspondiente. El cargo por utilidad será fijado por el
contratista mediante un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y financiamiento, así como los cargos por
INFONAVIT, SAR e Inspección de Contraloría.
Fracción IV: “Programas de montos mensuales de ejecución de los trabajos, de la utilización de la maquinaria y equipo de
construcción, adquisición de materiales y equipos de instalación permanente, así como de utilización del personal de técnico,
administrativo y de servicios encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos, y del técnico,
administrativo y obrero, encargado directamente de la ejecución de los trabajos; en la forma y términos solicitados”.
Artículo 40. “En la junta pública en la que se de a conocer el fallo de la licitación, se levantará el acta correspondiente,
la cual será firmada por los asistentes, entregándoseles copia de la misma. La omisión de firma de los contratistas no invalidará
el contenido y efectos del acta. Si a quien se le haya adjudicado el contrato no esta presente, se le notificará el fallo
correspondiente en un plazo no mayor de tres días hábiles. Se podrá optar por comunicar el fallo a los participantes, mediante
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