Page 117 - Cuenta Pública 2017
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INFORME INDIVIDUAL
CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2017 06 / 06



Estatales:

1. Consttución Polítca del Estado Libre y Soberano de Oaxaca: artculos 3 fracción V y 137
párrafo segundo.
2. Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artculos 1 y 4.
3. Ley Estatal de Planeación: artculos 46 párrafo primero y 51.
4. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca artculos:
10 y 15.
5. Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artculo 186.

Otras Disposiciones:

1. Acuerdo General por el que se establece el Sistema de Control Interno de la Administración
Pública Estatal de fecha 16 de enero de 2016: artculos 12,13,16 y 17.

Síntesis de las justifcaciones y aclaraciones presentadas por la Entidad Fiscalizada

Conforme a lo establecido en el artculo 22 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuen-
tas para el Estado de Oaxaca, mediante ofcio número OSFE/AECSEEE/0009/2018 de fecha 18 de
julio de 2018 y recibido el día 19 de julio de 2018, se notfcó a los Servicios de Agua Potable y Al-
cantarillado de Oaxaca los resultados fnales y observaciones preliminares, por lo anterior con ofcio
número SAPAO/DPC/118Bis/2018 de fecha 08 de agosto de 2018, la entdad fscalizada presentó
información al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, a efecto de atender el resultado
6; no obstante, derivado del análisis efectuado se advierte que la información y documentación pro-
porcionada no reúne las característcas necesarias de sufciencia, competencia y pertnencia que acla-
ren y justfquen lo observado, por lo cual los resultados 1, 2, 6, 7 y 8 se consideran como no atendidos.

Las facultades del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca para
promover o emitir las acciones derivadas de la auditoría practicada encuentra su sus-
tento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artculo 65 BIS de la Consttución Polítca del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Artculos 10 fracción I, 16 fracción II, inciso d), 17 fracción XIV, 39 fracción V, 42 y 43 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca.
Consideraciones fnales

Los resultados contenidos en el presente informe individual, en términos de los artculos 65 BIS de
la Consttución Polítca de los Estados Unidos Mexicanos y 42 de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, se enviarán a la entdad fscalizada para que en un
plazo de 30 días hábiles a partr de que surta efectos su notfcación, presente la información y realice
las consideraciones que estme pertnentes.

Por lo anterior, las recomendaciones y acciones que se presentan en este informe individual se en-
cuentran sujetas al proceso de seguimiento, por lo que en razón de la información y consideraciones
que en su caso proporcione la entdad fscalizada, podrán confrmarse, solventarse, aclararse o modi-
fcarse.
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