Page 55 - Cuenta Pública 2017
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INFORME INDIVIDUAL
CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2017 06 / 06
Federales:
1. Consttución Polítca de los Estados Unidos Mexicanos: artculo 134 párrafo primero.
2. Ley General de Contabilidad Gubernamental: artculos 38, fracción I, 42 y 43.
3. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública: artculo 70 fracción XXXIII.
Estatales:
1. Consttución Polítca del Estado Libre y Soberano de Oaxaca: artculos 3 fracción V y 137
párrafo segundo.
2. Ley Estatal de Planeación: artculos 46 párrafo primero y 51.
3. Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artculos 1 y 4.
4. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca: artculos
10 y 15.
5. Acuerdo General por el que se establece el Sistema de Control Interno de la Administración
Pública Estatal: artculos 12, 13, 16, 17 y 18.
Otras disposiciones:
1. Convenio de colaboración de fecha 30 de junio de 2017, celebrado entre la Secretaría de las
Culturas y Artes de Oaxaca y la Asociación Civil denominada Tierra, Cultura y Sociedad por
México.
Síntesis de las justifcaciones y aclaraciones presentadas por la Entidad Fiscalizada
Conforme a lo establecido en el artculo 22 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuen-
tas para el Estado de Oaxaca, mediante ofcio número OSFE/AECSEEE/0002/2018 de fecha 18 de
julio de 2018 y recibido el día 20 de julio de 2018, se notfcó a la Secretaría de las Culturas y Artes de
Oaxaca los resultados fnales y observaciones preliminares, derivado de lo anterior la entdad fscaliza-
da, NO presentó información al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para atender
los resultados determinados.
Las facultades del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca para
promover o emitir las acciones derivadas de la auditoría practicada encuentra su sus-
tento jurídico en las disposiciones siguientes:
Artculo 65 BIS de la Consttución Polítca del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
Artculos 10 fracción I, 16 fracción II, inciso d), 17 fracción XIV, 39 fracción V, 42 y 43 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca.
Consideraciones fnales
Los resultados contenidos en el presente informe individual, en términos de los artculos 65 BIS de
la Consttución Polítca de los Estados Unidos Mexicanos y 42 de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, se enviarán a la entdad fscalizada para que en un
plazo de 30 días hábiles a partr de que surta efectos su notfcación, presente la información y realice
las consideraciones que estme pertnentes.
Por lo anterior, las recomendaciones y acciones que se presentan en este informe individual de
auditoría se encuentran sujetas al proceso de seguimiento, por lo que en razón de la información y
consideraciones que en su caso proporcione la entdad fscalizada, podrán confrmarse, solventarse,
aclararse o modifcarse.