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INFORME INDIVIDUAL
CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2018



Gobierno del Estado de Oaxaca
Entidad fscalizada: Secretaría de Seguridad Pública

Orden de auditoría: OA/CPE/002/2019

Criterios de selección
Para la selección de la entidad fscalizada dentro del Programa Anual de Auditorías, Visitas e
Inspecciones (PAAVI), el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, consideró
elementos y criterios específcos como el monto del presupuesto asignado, seguimiento a programas 01
o proyectos, denuncias, la importancia de la ejecución de funciones, antecedentes de fscalización,
evaluaciones y seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora, entes sujetos de fscalización
por parte de la Auditoría Superior de la Federación y programas prioritarios estratégicos.


Objetivo
De conformidad con el artículo 16 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el
Estado de Oaxaca, el objetivo de la orden de auditoría OA/CPE/002/2019, consistió en:
1.- Evaluar los resultados de la gestión fnanciera respecto de:

a) La ejecución de la Ley de Ingresos y el ejercicio del Presupuesto de Egresos para verifcar la
forma y términos en que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados;
constatar que los recursos provenientes de fnanciamientos y otras obligaciones y empréstitos
se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado; y revisar que los
egresos se ejercieron en los conceptos y partidas autorizadas, incluidos, entre otros aspectos,
la contratación de servicios y obra pública, las adquisiciones, arrendamientos, subsidios,
aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fdeicomisos y demás
instrumentos fnancieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a largo plazo;

b) Verifcar si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de
registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones,
arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles
e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable
al ejercicio del gasto público;

c) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos
estatales, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios,
mandatos, fondos, fdeicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier
acto que las entidades fscalizadas, celebren o realicen, relacionados con el ejercicio del gasto
público estatal, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en
contra de la Hacienda Pública Estatal; y,

d) Comprobar si el ejercicio de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos se ha ajustado a los
criterios señalados en los mismos; en particular, verifcar si las cantidades correspondientes
a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas
respectivas; si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados
en el presupuesto de Egresos; y si los recursos provenientes de fnanciamientos y otras
obligaciones se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad
y forma establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los
compromisos adquiridos en los actos respectivos.
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