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INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                                                             El siguiente resultado AD-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                                                       transcribe a continuación:

                                                                                                                                                       “RESULTADO: AD-25 SIN OBSERVACIÓN

                                                                                                                                                       De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, se verificó que el programa 106
                                                                                                                                                       "Fortalecimiento a la competencia laboral y empleo de calidad”, se encuentra alineado al Plan Estatal de Desarrollo y
                                                                                                                                                       al Plan Estratégico Sectorial Impulso Económico; así mismo, se constató que el programa fue autorizado en el
                                                                                                                                                       Presupuesto de Egresos 2023.

                                                                                                                                                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación alguna respecto a
                                                                                                                                                       este resultado.”

                            FUENTE: Página de internet del Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca,             Debido a lo anterior, este resultado permanece sin observaciones.
                            https://www.oaxaca.gob.mx/icapet/disciplina-financiera/#contenedor-tab-2
                                                                                                                                                       El siguiente resultado AD-26 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 51, 56 y 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y Criterios  transcribe a continuación:
                            para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia
                            la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.                                             “RESULTADO: AD-26 CON OBSERVACIÓN

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:              De la revisión y análisis a la Matriz de Indicadores para Resultados del programa 106 "Fortalecimiento a la competencia
                                                                                                                                                       laboral y empleo de calidad”, se observó que las metas alcanzadas a nivel componente del indicador Porcentaje de
                            Solicitud de Aclaración:                                                                                                   personas capacitadas, exceden la meta programada y actualizada en un 48,462.00%, lo que denota que no hubo una
                                                                                                                                                       correcta programación y definición de metas, debido a que no estableció un parámetro adecuado de medición de lo
                            2023-OA/CPE/12/2024-SA-08                                                                                                  que se pretende lograr en un año, expresado en términos de cobertura, eficiencia, impacto económico y social, calidad
                                                                                                                                                       y equidad.
                            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
                            justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”                                          Incumpliendo con lo establecido en los artículos 7 fracciones I, V y VI de la Ley General de Responsabilidades
                                                                                                                                                       Administrativas; 74 y 75 de la Ley Estatal de Planeación; 4 párrafos segundo y séptimo de la Ley Estatal de Presupuesto
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para                                    y Responsabilidad Hacendaria; 6, 7 Inciso a) fracción III, 157, 158, 160 y 162 Incisos a), c) y d) del Reglamento de la Ley
                            atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:                                                     Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 5 párrafos primero y segundo del Presupuesto de Egresos del
                                                                                                                                                       Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                            Capturas de pantalla de la página de Internet del Instituto de Capacitación y Productividad                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
                            para el Trabajo del Estado de Oaxaca, formatos de los criterios para la elaboración y                                      Solicitud de Aclaración:
                            presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace
                            referencia la Ley de Diciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.                                   2023-OA/CPE/12/2024-SA-09

                            De la revisión y análisis a la información y documentación presentados por la Entidad                                      Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
                            Fiscalizable, esta resulta suficiente; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del                       justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”
                            Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.
                                                                                                                                                       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
                                                                                                                                                       atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:
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