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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero y 43 de la Ley General de Contabilidad La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
gubernamental; 186 del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. atender el resultado antes transcrito.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción: De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
Entidad Fiscalizable, esta resulta insuficiente, toda vez que, no presentó documentación
Solicitud de Aclaración. comprobatoria y justificativa del gasto por un importe de $880,233.05 (Ochocientos ochenta
2023-OA/CPE/17/2024-SA-01 mil doscientos treinta y tres pesos 05/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAE-AF-12-
SOLV; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que como no solventada la observación.
justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado”.
El siguiente resultado AF-16 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para transcribe a continuación:
atender el resultado antes transcrito.
De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la “RESULTADO: AF-16 CON OBSERVACIÓN
Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente, toda vez que, presentó documentación
comprobatoria y justificativa del gasto, como se detalla en el ANEXO DAE-AF-11-SOLV; Por lo De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativo a los registros
anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como presupuestales, contables, Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC´s) de la partida Arrendamiento de Maquinaria,
solventada la observación. Otros Equipos y Herramientas presupuestada y pagada con la fuente de financiamiento BECBC0323 “Universidad de
la Sierra Sur”, que formó parte de la muestra de auditoría; se observó la falta de documentación comprobatoria y
El siguiente resultado AF-15 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se justificativa como de detalla en el ANEXO-DAE-AF-13, por un importe de $327,659.17 (Trescientos veintisiete mil
transcribe a continuación: seiscientos cincuenta y nueve pesos 17/100 M.N.).
“RESULTADO: AF-15 CON OBSERVACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 25 y 26 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 42 párrafo primero, 43 de la Ley General de
De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativo a los registros Contabilidad Gubernamental; 4 párrafo tercero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 186
presupuestales, contables, Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC´s), de la Partida Internet, Redes y Procesamiento de y 191 párrafo primero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 88 del
Información presupuestada y pagada con la fuente de financiamiento BECBC0323 Universidad de la Sierra Sur, que Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
formó parte de la muestra de auditoría; se observó la falta de documentación justificativa cómo se detalla en el ANEXO-
DAE-AF-12, por un importe de $880,233.05 (Ochocientos ochenta mil doscientos treinta y tres pesos 05/100 M.N.). Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Pliego de Observaciones.
Sector Público; 41, 42 párrafo primero, 43, 44 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 4 2023-OA/CPE/17/2024-PO-13
párrafo tercero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 186 y 191 del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
Ejercicio Fiscal 2023. justifique, aclare o en su caso, presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $327,659.17 (Trescientos
veintisiete mil seiscientos cincuenta y nueve pesos 17/100 M.N.) conforme a la observación detallada en este
resultado”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
Pliego de Observaciones. La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
2023-OA/CPE/17/2024-PO-12 atender el resultado antes transcrito.
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
justifique, aclare o en su caso, presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $880,233.05 (Ochocientos Entidad Fiscalizable, esta resulta insuficiente, toda vez que, no presentó documentación
ochenta mil doscientos treinta y tres pesos 05/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado”.
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