Page 26 - Huautla de Jiménez
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  y a la evidencia del destino o documento que evidencie la entrega de los bienes presentó                          Presupuesto de Egresos en cantidad de $994,202.05 (Novecientos noventa y cuatro mil doscientos
                            oficios de solicitud de autorización, oficios de solicitud de autorización para la adquisición                    dos pesos 05/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
                            de lote de adornos navideños, oficios de autorización de adquisición de lote de adornos,                          respaldados con la documentación justificativa del gasto, en cantidad de $22,000.00 (Veintidós mil
                            oficios de solicitud y autorización de suficiencia presupuestaria, especificaciones técnicas                      pesos 00/100 M.N.), relativa a los criterios de elegibilidad y recepción por cada ciudadano de los
                            de la contratación, oficios de solicitudes de cotización, cotizaciones de las empresas:                           apoyos otorgados, ya que la documentación justificativa presentada corresponde a otro ejercicio
                            Inteligencia en Bienes y Servicios Memeaq; Distribuciones, Comercialización y Asesorías                           fiscal; asimismo no presenta documentación comprobatoria en cantidad de $86,000.00 (Ochenta
                            Nova Co; y Comercializadora Mayorista de Antequera, cuadro comparativo, investigación                             y seis mil pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09.
                            de mercado, dictamen de adjudicación directa, notificación de adjudicación, contrato de
                            adquisición, comprobante de pago electrónico, Comprobantes Fiscales Digitales por                                 Incumpliendo con lo establecido en los Artículos, 134, de la Constitución Política de los Estados
                            Internet, XML impresos, verificaciones de comprobantes fiscales digitales por internet,                           Unidos mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I, Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y
                            documentación legal de la empresa adjudicada, oficio de requisición de material, orden de                         124, Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 5, Presupuesto de Egresos del Municipio
                            adquisición, vale de entrada y de salida al almacén, y reporte fotográfico, sin embargo, la                       aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023; 186 párrafo tercero, Reglamento de la Ley
                            adquisición realizada no corresponde a bienes de una marca determinada, como lo                                   Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28, Ley Adquisiciones, Enajenaciones,
                            argumenta el dictamen de adjudicación en su apartado fundamento; en consecuencia, no                              Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
                            justifica la excepción a la licitación, al no fundar y motivar la adjudicación; por lo cual, la                   Estado de Oaxaca; y 88 y 89, Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal
                            documentación presentada resulta insuficiente para solventar la observación emitida.                              2023.

                            Incumpliendo con lo establecido en los Artículos, 134, de la Constitución Política de los                         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            Estados Unidos mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I, Ley General de Contabilidad                                acción:
                            Gubernamental; 120 y 124, Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 5, Presupuesto
                            de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023; 186 párrafo                       Pliego de observaciones:
                            tercero, Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28,
                            Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y                                       2023-OA/CPM/012/2024-PO-21.
                            Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 y 89,
                            Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                              documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                         108,000.00 (Ciento ocho mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                 resultado.
                            concluyendo como no solventado el Resultado: AF-26
                                                                                                                                           (…)
                            El siguiente Resultado: AF-27 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                            se transcribe a continuación:                                                                         La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                  antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                (…)               CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                  Respecto a la documentación comprobatoria y criterios de elegibilidad para el
                                RESULTADO: AF-27                                                                                  otorgamiento de ayudas presentó, documentación e información en cantidad de
                                                                                                                                  $82,000.00 (Ochenta y dos mil pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-
                                De la revisión a la sub-subcuenta 52411 – 4411 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS, se constató que el H.  09-SOL, sin embargo, de la póliza D-003745 no presentó documentación; por lo cual la
                                Ayuntamiento del Municipio de Huautla de Jiménez, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, afectó el        documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas
                                                                                                                                  en cantidad de $26,000.00 (Veintiséis mil pesos 00/100 M.N.).

                                                                                                                                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 70 fracciones I de la Ley General de
                                                                                                                                  Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y
                                                                                                                                  186 párrafo tercero, Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
                                                                                                                                  Hacendaria.

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