Page 23 - Huautla de Jiménez
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aclaratorio que a la letra dice: …”toda vez que en las primeras semanas del ejercicio 2023,           Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del                 INFORME FINAL DE AUDITORÍA
se vivió una creciente tensión social debido a la falta de servicios básicos, gestión municipal       Estado de Oaxaca; y 88 y 89, Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal
y servicios jurídicos; la manifestación de los pobladores, quienes expresaron su                      2023.
inconformidad mediante actos de presión”… carecen de documentos que lo respalden, en
consecuencia, no justifica la excepción a la licitación, al no fundar y motivar la adjudicación;      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar la observación           acción:
emitida en cantidad de $1,800,000.08 (Un millón ochocientos mil pesos 08/100 M.N.).
                                                                                                      Pliego de observaciones:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 70 fracción I, de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186                2023-OA/CPM/012/2024-PO-18.
párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de                  Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 del               documentación y/o información que compruebe justifique, aclare o reintegre la cantidad de
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                            $3,024,698.76 (Tres millones veinticuatro mil seiscientos noventa y ocho pesos 76/100 M.N.),
                                                                                                      conforme a la observación detallada en este resultado.

                                                                                                      (…)

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera             La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                     antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-22
                                                                                                      Respecto a la documentación justificativa, relativa al proceso de contratación, así como a
El siguiente Resultado: AF-23 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que            la inconsistencia en las propuestas de los proveedores y el acta de fallo, presentó,
se transcribe a continuación:                                                                         documentación e información, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-08-SOL, la cual
                                                                                                      resulta suficiente para solventar la observación emitida.

(…)               CON OBSERVACIÓN                                                                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                      suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
RESULTADO: AF-23                                                                                      como solventado el Resultado: AF-23

De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3322 SERVICIOS DE INGENIERÍA Y ACTIVIDADES                    El siguiente Resultado: AF-24 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
RELACIONADAS, se constató que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad    Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
de $3,024,698.76 (Tres millones veinticuatro mil seiscientos noventa y ocho pesos 76/100 M.N.),
observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la         (…)               SIN OBSERVACIÓN
documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente debido
a que no justifica la excepción al proceso de licitación de acuerdo a la normatividad aplicable,      RESULTADO: AF-24
asimismo, se detectaron inconsistencias en las propuestas de los proveedores y el acta de fallo, por
lo que no se contemplaron las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento,        De la revisión de la sub-subcuenta 51331-3331 SERVICIOS DE CONSULTORÍA ADMINISTRATIVA; se
oportunidad y demás circunstancias pertinentes, conforme a la legalidad aplicable, lo anterior como   constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Huautla de Jiménez, Distrito de Teotitlán, Oaxaca,
se detalla en el ANEXO DAM-FC-08.                                                                     afecto el Presupuesto de Egresos, en cantidad de $ 319,000.00 (Trescientos diecinueve mil pesos
                                                                                                      00/100 M.N.), constatando que los registros contables y presupuestarios, se encuentran respaldados
Incumpliendo con lo establecido en los Artículos, 134, de la Constitución Política de los Estados     con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto.
Unidos mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I, Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y
124, Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 5, Presupuesto de Egresos del Municipio             (…)
aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023; 186 párrafo tercero, Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28, Ley Adquisiciones, Enajenaciones,

                                                                                                                                                                                                             21
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