Page 5 - San Agustín de las Juntas
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                                   EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO                                                                                       INFORME FINAL DE AUDITORÍA

                                                                                                               Rangos de Calificación                             Nivel del Sistema
                                                                                                                                                                  de Control Interno
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos                   Desde  Hasta  Nivel     Puntaje Obtenido
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo                 0 39 BAJO               71.4                       ALTO
primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo             40 69 MEDIO
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y                      70 100 ALTO
Soberano de Oaxaca; 2 fracción XXIII, 3, 4, 5 fracciones III, IV, V, VII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y XXXIII,
6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II inciso a), b) y c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86,                        COMPONENTES DEL MARCO INTEGRADO DE   PUNTAJE   PUNTAJE
93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior y                  No.                                                ASIGNADO   OBTENIDO
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541,
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de                                                         CONTROL INTERNO        20.0       17.3
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número                                                                           20.0       8.6
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y                    1 AMBIENTE DE CONTROL                                  20.0       17.5
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la                 2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS                            20.0       16.0
Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año                      3 ACTIVIDADES DE CONTROL                               20.0       12.0
2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de                       4 INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Auditoría con los siguientes resultados:                                                                        5 SUPERVISIÓN                                         100.0      71.4

                                                                                                                       TOTALES

El siguiente resultado AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                   AMBIENTE DE CONTROL
transcribe a continuación:
                                                                                                               Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 17.3 de un total de 20.0 posibles,
(…)                            CON OBSERVACIÓN                                                                 correspondiente al componente Ambiente de Control, debido a que no acreditó contar con lo
                                                                                                               siguiente; Capacitación al personal en materia de legalidad, ética y calidad en el servició público;
“RESULTADO: AD-01                                                                                              Área encargada de evaluar el desempeño del Control Interno Municipal para responsabilizar al
                                                                                                               personal por sus obligaciones en el desempeño de sus funciones.
EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO
                                                                                                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero, 115 fracción II párrafo segundo
La Entidad Fiscalizable presentó a requerimiento el Cuestionario de Evaluación de Control Interno              de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General
(CCI) de fecha 08 de marzo de 2024, requisitado por el C. Daniel Hipólito Aquino Torres en su carácter         del Sistema Nacional Anticorrupción; 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;
de Presidente Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de San Agustín de las Juntas, Distrito               120 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 4 párrafo
Centro, Oaxaca. Derivado del análisis realizado a dicho cuestionario, se determinó que el Municipio            segundo, 5 párrafo segundo, 6 párrafo primero de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la
obtuvo un puntaje de 71.4 de un total de 100 puntos que conforman los valores de los 5 componentes             Corrupción; 5 párrafo primero, 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y
del Control Interno relacionado al Marco Integrado de Control Interno establecido por el Sistema               Municipios de Oaxaca; 43 párrafo primero fracciones LXI y LXXX, 68 párrafo primero fracción II, 69,
Nacional de Fiscalización, lo que ubica al Sistema de Control Interno de la Entidad Fiscalizable en un         126 BIS párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
nivel Alto, que si bien dicho Sistema se encuentra fortalecido y posicionado en el mejor nivel, éste
requiere realizar mejoras sustanciales para continuar fortaleciendo y manteniendo el Sistema de                ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
Control Interno Institucional, como se detalla a continuación:
                                                                                                               Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 8.6 de un total de 20.0 posibles,
                                                                                                               correspondiente al componente Administración de Riesgos, debido a que no acreditó contar con lo
                                                                                                               siguiente; Plan Municipal de Desarrollo; Programa Anual de la Administración Pública Municipal; Área
                                                                                                               formalmente establecida que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración,
                                                                                                               actualización, control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas; Área encargada
                                                                                                               de identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de
                                                                                                               su Plan Municipal de Desarrollo.

                                                                                                                                                                                                                                              3
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