Page 28 - San Carlos Yautepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Cuadro continúa a la derecha… Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
FECHA NÚM. COMPROBANTE CONCEPTO OBSERVACIONES IMPORTE 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
PROVEEDOR IMPORTE OBSERVADO Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del
NO PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DEL Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
GASTO RELATIVA A LA SOLICITUD, AUTORIZACIÓN,
00249203- LUIS 1 H87 PZ SOLICITUDES DE COTIZACIÓN, UN MÍNIMO DE TRES
19/09/2023 AFBC-4961- ALBERTO 100,000.00 REPARACIÓN COTIZACIONES, DE CUADRO O COMPARATIVO, 100,000.00
9F95- DOMÍNGUEZ GENERAL DE PROCEDIMIENTO LICITACIÓN JUSTIFICACIÓN AL
7682B11F4C25 GONZÁLEZ MOTOR PROCESO DE ADJUDICACIÓN, CONTRATO DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y EVIDENCIA DEL SERVICIO
PROPORCIONADO.
NO PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA Y 45,670.00 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
JUSTIFICATIVA DEL GASTO RELATIVA AL COMPROBANTE insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
FISCAL DIGITAL POR INTERNET, SOLICITUD, concluyendo como no solventado el Resultado: AF-30.
AUTORIZACIÓN, UN MÍNIMO DE 3 COTIZACIONES,
CUADRO COMPARATIVO, EVIDENCIA DE LOS TRABAJOS
REALIZADOS.
$100,000.00 $145,670.00
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos El siguiente Resultado: AF-31 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
Mexicanos; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67, 70 fracciones I y II de la Ley General transcribe a continuación:
de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186
párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 de (…)
la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 y 89 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca “RESULTADO: AF-31 CON OBSERVACIÓN
para el Ejercicio Fiscal 2023.
De la revisión a la sub-subcuenta 51351 – 3591 SERVICIOS DE JARDINERÍA Y FUMIGACIÓN, se constató que
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: el H. Ayuntamiento del Municipio de San Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, afectó el
Presupuesto de Egresos en cantidad de $46,424.00 (Cuarenta y seis mil cuatrocientos veinticuatro
Pliego de observaciones: pesos 00/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
respaldados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, relativa al proceso de
2023-OA/CPM/033/2024-PO-27 contratación correspondiente conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio,
las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la circunstancias pertinentes, asimismo, no presenta evidencia del servicio proporcionado y destino de
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $145,670.00 (Ciento los productos adquiridos; aunado a lo anterior, no presentó documentación comprobatoria en
cuarenta y cinco mil seiscientos setenta pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en cantidad de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.), relativa a los comprobante fiscales digitales por
este resultado.” internet, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16.
(…) Incumpliendo con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67, 70 fracción I de la Ley General de
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 de la Ley
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Respecto a la documentación comprobatoria y justificativa relativa al comprobante fiscal Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 y 89 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
digital por internet, al proceso de contratación y evidencia de los trabajos realizados, para el Ejercicio Fiscal 2023.
presentó comprobante fiscal digital por internet, solicitud, autorización, tres cotizaciones,
cuadro comparativo y evidencia de los trabajos realizados; sin embargo, respecto a la póliza Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
número 003401 no presentó investigación de mercado y justificación de la excepción a la
licitación; por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las Pliego de observaciones:
observaciones emitidas en cantidad de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.).
2023-OA/CPM/033/2024-PO-28
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $46,424.00 (Cuarenta y
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