Page 29 - San Carlos Yautepec
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seis mil cuatrocientos veinticuatro pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este      tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 de la Ley           INFORME FINAL DE AUDITORÍA
resultado.”                                                                                              Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
                                                                                                         Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 y 89 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
(…)                                                                                                      para el Ejercicio Fiscal 2023.

Una vez vencido el plazo otorgado en el informe preliminar de auditoría, la entidad                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito, en cantidad de $46,424.00 (Cuarenta y seis mil cuatrocientos veinticuatro                    Pliego de observaciones:
pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16-SOL, no ejerciendo a su favor                  2023-OA/CPM/033/2024-PO-29
el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones                       documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $91,147.00 (Noventa y un
realizadas.                                                                                              mil ciento cuarenta y siete pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”

                                                                                                         (…)

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la                       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
Federación; 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120              transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Adquisiciones,
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes                        Respecto a la documentación justificativa relativa al proceso de contratación y evidencia de
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de                    los eventos realizados, presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO
Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal             DAM-FC-17-SOL; la cual resulta suficiente para solventar la observación emitida.
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
no solventado el Resultado: AF-31.                                                                       suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                         como solventado el Resultado: AF-32.

El siguiente Resultado: AF-32 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se            El siguiente Resultado: AF-33 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:                                                                               transcribe a continuación:

(…)                                                                                                      (…)

“RESULTADO: AF-32  CON OBSERVACIÓN                                                                       “RESULTADO: AF-33  CON OBSERVACIÓN

De la revisión a la sub-subcuenta 51381 – 3821 ACTOS Y CEREMONIAS CONMEMORATIVAS, se constató que        De la revisión a la sub-subcuenta 51381 – 3822 ACTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL, se constató que el
el H. Ayuntamiento del Municipio de San Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, afectó el         H. Ayuntamiento del Municipio de San Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, afectó el
Presupuesto de Egresos en cantidad de $91,147.00 (Noventa y un mil ciento cuarenta y siete pesos 00/100  Presupuesto de Egresos en cantidad de $135,251.76 (Ciento treinta y cinco mil doscientos cincuenta y
M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la     un pesos 76/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente conforme a    respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en      correspondiente conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores
cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo,      condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
no presenta evidencia de los eventos realizados, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-17.                  circunstancias pertinentes, asimismo, no presenta la evidencia correspondiente; aunado a lo anterior,
                                                                                                         no presentó documentación comprobatoria en cantidad de $66,283.73 (Sesenta y seis mil doscientos
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos     ochenta y tres pesos 73/100 M.N.), relativa a los comprobantes fiscales digitales por internet, como se
Mexicanos; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67, 70 fracción I de la Ley General de  detalla en el ANEXO DAM-FC-18.
Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo

                                                                                                                                                                                                                  27
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