Page 25 - San Felipe Usila
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 55 de la Ley General de Contabilidad                                                           Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                           INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Gubernamental; 113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política                                                       acción:
del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley                                                        Solicitud de aclaración:
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 58 primer párrafo de la Ley de Disciplina                                                              2023-OA/CPM/037/2024-SA-11
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 51 fracción VI y 56 fracción I de                                                   Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 60 fracción VIII                                                      documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,952,631.49 (Un millón
del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.                                                                novecientos cincuenta y dos mil seiscientos treinta y un pesos 49/100 M.N.), la cual, se encuentra
                                                                                                                                                contabilizada en el RESULTADO AF-02.”
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
como no solventado el Resultado: AF-31.                                                                                                      (…)

El siguiente Resultado: AF-32 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                                          Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
se transcribe a continuación:                                                                                                       Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
                                                                                                                                    transcrito, como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-04, ANEXO DAM-VIF-SOL-05 y ANEXO
(…)                                                                                                                                 DAM-VIF-SOL-06, en cantidad de $1,952,631.49 (Un millón novecientos cincuenta y dos mil
                                                                                                                                    seiscientos treinta y un pesos 49/100 M.N.), no ejerciendo a su favor el derecho concedido
“RESULTADO: AF-32 CON OBSERVACIÓN                                                                                                   en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de
                                                                                                                                    Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones realizadas.
De la revisión a los 4 expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento del
Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca; y se constató que diversos conceptos de                                Incumpliendo con lo establecido en el artículo 55 de la Ley General de Contabilidad
obra en las estimaciones, no presentan la evidencia fotográfica de la realización de los trabajos,                                  Gubernamental; 113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política
observaciones presentes en tres obras que no se encuentran registradas en el reporte denominado                                     del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y
Relación de Obras en Proceso y Terminadas, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio 2023, mismas                                Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley
que se relacionan a continuación:                                                                                                   Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 58 primer párrafo de la Ley de Disciplina
                                                                                                                                    Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 56 fracción I y penúltimo
NÚM.   NOMBRE DE LA OBRA                           NÚMERO DE CONTRATO          IMPORTE                                   NÚMERO DE  párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                                                           DETERMINADO                                      ANEXO
                                                                                                                                    Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
OC-01  CONSTRUCCIÓN DE MURO DE CONTENCIÓN DE       MSFU/136/FISM/006/2023  $808,240.35 DAM-VIF-04                                   como no solventado el Resultado: AF-32.
       CONCRETO HIDRÁULICO EN LA LOCALIDAD DE
       SAN FELIPE USILA                                                                                                             El siguiente Resultado: AF-33 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                                                                                                                    se transcribe a continuación:
OC-02  REHABILITACIÓN DEL CAMINO RURAL             MSFU/136/FISM/008/2023  $920,390.40 DAM-VIF-05
       DESVIACIÓN - PIEDRA DE AZÚCAR (KM 0+000.00                                                                                            (…)

       AL KM 4+500.00) EN TRAMOS EN TRAMOS                                                                                                      “RESULTADO: AF-33 CON OBSERVACIÓN
       PARCIALES EN LA LOCALIDAD DE PIEDRA DE                                                                                                   De la revisión 4 expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento del Municipio de
       AZÚCAR                                                                                                                                   San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca; se determinó Falta de documentación comprobatoria, en
                                                                                                                                                una obra que no se encuentra registrada en el reporte denominado Relación de Obras en Proceso y
OC-04  CONSTRUCCIÓN DE CENTRO INTEGRADOR DE        MSFU/136/FISM/016/2023  $224,000.74 DAM-VIF-06                                               Terminadas, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio 2023, misma que se relaciona a continuación:
       DESARROLLO 1A ETAPA
                                                                                                                                                                                                                                                                            23
                                                   TOTAL                   $1,952,631.49

       Fuente: Expedientes técnicos presentados por la Entidad Fiscalizable, correspondientes al ejercicio fiscal 2023.

Incumpliendo con lo establecido en el artículo 55 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca;
43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 58 primer párrafo
de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 56 fracción I y
penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
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