Page 22 - San Felipe Usila
P. 22
INFORME FINAL DE AUDITORÍA Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y 58 primer párrafo de la Ley de Disciplina Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-01, no ejerciendo a su favor el
derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones
como no solventado el Resultado: AF-26. realizadas.
El siguiente Resultado: AF-27 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 de la Constitución Política del Estado
transcribe a continuación: Libre y Soberano de Oaxaca; 55 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 113
fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y
(…) Soberano de Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley Orgánica
“RESULTADO: AF-27 CON OBSERVACIÓN Municipal del Estado de Oaxaca; 58 primer párrafo de la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios; 8 fracción XIV, 118 fracción II, 136, 150, 184 y 186
De la revisión a los 4 expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento del fracción 186 fracción V de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el
Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, respecto al proceso de programación y Estado de Oaxaca; 20 fracciones I, VIII, IX, 22 fracciones II y III y 26 de Ley de Obras Públicas
presupuestación de las obras, se constató que no presentó los planos del proyecto: arquitectónicos y y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 35 del Reglamento de Construcciones y
de ingeniería (topográficos), el permiso de construcción, el dictamen de factibilidad, la memoria Seguridad Estructural del Estado de Oaxaca.
descriptiva y las especificaciones generales y particulares de construcción, así mismo, presentó planos
del proyecto sin firma del presidente municipal y el director de obras públicas, observaciones presentes Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
en tres obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-01, mismas que no se encuentran registradas en como no solventado el Resultado: AF-27.
el reporte denominado Relación de Obras en Proceso y Terminadas, integrado en la Cuenta Pública del
ejercicio 2023. El siguiente Resultado: AF-28 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca; 55 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 113 fracción II (…) CON OBSERVACIÓN
antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, 12,
16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 primer “RESULTADO: AF-28
párrafo y 68 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 58 primer párrafo de la Ley
de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 8 fracción XIV, 118 fracción II, 136, De la revisión a los 4 expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de San Felipe Usila,
150, 184 y 186 fracción 186 fracción V de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, respecto al proceso de adjudicación de las obras, se constató que no
Estado de Oaxaca; 20 fracciones I, VIII, IX, 22 fracciones II y III y 26 de Ley de Obras Públicas y Servicios presentó la invitación a la contraloría u órgano de control interno del Ayuntamiento, la convocatoria
Relacionados del Estado de Oaxaca; y 35 del Reglamento de Construcciones y Seguridad Estructural correspondiente al proceso de invitación restringida, observaciones presentes en cuatro obras, que se
del Estado de Oaxaca. relacionan en el ANEXO DAM-VIF-02, mismas que no se encuentran registradas en el reporte
denominado Relación de Obras en Proceso y Terminadas, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente 2023.
acción:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 27 fracción I, 30, 31 y 44 fracciones I, II y IV de la Ley de
Solicitud de aclaración: Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
2023-OA/CPM/037/2024-SA-06
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
resultado.”
(…)
20