Page 23 - San Felipe Usila
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente INFORME FINAL DE AUDITORÍA
acción: acción:
Solicitud de aclaración: Solicitud de aclaración:
2023-OA/CPM/037/2024-SA-07 2023-OA/CPM/037/2024-SA-08
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
resultado.” este resultado.”
(…) (…)
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito y como se detalla en el ANEXOS DAM-VIF-SOL-02, no ejerciendo a su favor el transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-03, no ejerciendo a su favor el
derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones
realizadas. realizadas.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 27 fracción I, 30, 31 y 44 fracciones I, II y IV Incumpliendo con lo establecido en los artículos 55 de la Ley General de Contabilidad
de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca. Gubernamental; 113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley
como no solventado el Resultado: AF-28. Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 58 primer párrafo de la Ley de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 47, 50 y 51 de la Ley de Obras
El siguiente Resultado: AF-29 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
se transcribe a continuación:
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
(…) como no solventado el Resultado: AF-29.
“RESULTADO: AF-29 CON OBSERVACIÓN El siguiente Resultado: AF-30 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
De la revisión a los 4 expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de San Felipe Usila, transcribe a continuación:
Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, respecto al proceso de contratación de las obras, se constató que no
presentó el contrato de obra pública, así mismo, presentó contratos de obra pública que carecen de (…)
firmas, observaciones presentes en tres obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-03, mismas que
no se encuentran registradas en el reporte denominado Relación de Obras en Proceso y Terminadas, “RESULTADO: AF-30 CON OBSERVACIÓN
integrado en la Cuenta Pública del ejercicio 2023. De la revisión a los 4 expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de San Felipe Usila,
Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, respecto al proceso de ejecución de las obras, se constató que no
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 55 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; presentó el oficio de asignación del superintendente de la contratista, observación presente en una
113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de obra que no se encuentra registrada en el reporte denominado Relación de Obras en Proceso y
Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; Terminadas, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio 2023, misma que se relaciona a continuación:
43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 58 primer párrafo
de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 47, 50 y 51 de la Ley de 21
Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.