Page 5 - San Felipe Usila
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PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS 9. Se verificó que la Entidad Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó INFORME FINAL DE AUDITORÍA
con los estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas de
1. Se Verificó que los saldos reflejados en las cuentas bancarias al término del ejercicio ejecución, y que se ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares para
fiscal se encontraran devengados y contaran con su documentación correspondiente. la realización de las obras públicas.
2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable recibió y administró los recursos asignados de 10. Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado por
las Participaciones y Aportaciones en una cuenta bancaria específica y productiva en la Entidad Fiscalizable para la contratación de obra pública.
la que se manejaron exclusivamente los recursos del fondo y sus rendimientos
financieros de cada ejercicio fiscal. 11. Se verificó que la asignación de obra por contrato se encuentre debidamente
sustentada y formalizada, y que, para la asignación por Administración Directa, la
3. Se verificó que las asignaciones de los recursos otorgados y registrados contaran con Entidad Fiscalizable contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y
la documentación original comprobatoria y justificativa, se hayan realizado con apego elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos.
a la normatividad y que se hayan amortizado en su totalidad al cierre del ejercicio.
12. Se verificó que la Entidad Fiscalizable previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
4. Se verificó que los bienes muebles adquiridos se encontraran autorizados en el implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.
Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del municipio, que se
encontraran en el inventario de bienes de la Entidad Fiscalizable, que contaran con los 13. Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente en
resguardos correspondientes y con la documentación original comprobatoria y estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de
modificaciones, se encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los
justificativa. convenios modificatorios.
5. Se verificó que los ingresos fueron ministrados y obtenidos; que se encontraran 14. Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó la documentación comprobatoria que
debidamente autorizados y registrados conforme a la normatividad aplicable. ampara el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago
de materiales, mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción
6. Se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas utilizados en la obra, en caso de Administración Directa.
autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado.
15. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
7. Se constató que la Entidad Fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.
específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; asimismo, que contaran
con la documentación comprobatoria y justificativa original que soportara los INFORME FINAL DE AUDITORÍA
registros en apego a la normatividad aplicable.
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
8. Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
destinados para el desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encuentren y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII
debidamente aprobados y autorizados por las instancias normativas párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II
correspondientes. párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV,
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