Page 8 - San Felipe Usila
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Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e                                        (…)
                            Inmuebles de los Entes Públicos.
INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                                                                 “RESULTADO: AF-05  CON OBSERVACIÓN
                            Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
                            como no solventado el Resultado: AF-03.                                                                                        De la revisión a la sub-subcuenta 51111-1132 SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA, se constató que el H.
                                                                                                                                                           Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de
                            El siguiente Resultado: AF-04 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de                                         Egresos en cantidad de $7,218,936.16 (Siete millones doscientos dieciocho mil novecientos treinta y seis
                            Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:                                                                             pesos 16/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
                                                                                                                                                           respaldados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, relativa a la plantilla de
                               (…)                                                                                                                         personal, tabulador salarial, expedientes de personal, contratos de prestación de servicios, la nómina
                                                                                                                                                           donde consigne el salario percibido por concepto de servicios personales, los días trabajados, las
                                                                                                                                                           percepciones y deducciones correspondientes y en su caso los controles de asistencia del personal
                                                                                                                                                           debidamente firmados; asimismo, no presentó Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, lo anterior
                                                                                                                                                           como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01.

                               “RESULTADO: AF-04  SIN OBSERVACIÓN

                               De la revisión a la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del                         Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley General de
                               Estado de Oaxaca, se constató que ministró al H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito                   Contabilidad Gubernamental; 86 fracción V, 96 y 99 fracciones I y III de la Ley del Impuesto Sobre la
                               de Tuxtepec, Oaxaca, los recursos siguientes:                                                                               Renta; 26 primer párrafo fracción I, 29, 29-A y 32-G fracción I del Código Fiscal de la Federación; y 5 y 13
                                                                                                                                                           del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.

                                                  Ramo General 28                                                                                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                                                           acción:
                               N/P FONDO                                                       CANTIDAD

                               1    Ramo General 28, Participaciones a Entidades $16,664,895.00 (Dieciséis millones seiscientos sesenta y cuatro

                                    Federativas y Municipios, incluyendo los ajustes.  mil ochocientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.)                  Pliego de observaciones:

                                                        TOTAL                                  $16,664,895.00                                              2023-OA/CPM/037/2024-PO-04.
                                                  Ramo General 33
                                                                                                                                                           Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                               N/P FONDO                                                       CANTIDAD                                                    documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $7,218,936.16 (Siete millones
                                                                                                                                                           doscientos dieciocho mil novecientos treinta y seis pesos 16/100 M.N.), conforme a la observación
                               1    III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social  $44,035,177.91 (Cuarenta y cuatro millones treinta y cinco  detallada en este resultado.”
                                    Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del         mil ciento setenta y siete pesos 91/100 M.N.)
                                    Distrito Federal (FAISMUN), incluyendo los ajustes.                                                                    (…)

                                                                                       TOTAL   $44,035,177.91

                               Los cuales fueron registrados en el Sistema de Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio                         Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
                               fiscal 2023, identificando que los registros contables y presupuestarios se encuentran soportados con                       Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
                               la documentación comprobatoria relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, así como,                       transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL, en cantidad de $7,218,936.16
                               que los recursos ministrados fueron depositados en las cuentas bancarias productivas especificas                            (Siete millones doscientos dieciocho mil novecientos treinta y seis pesos 16/100 M.N.), no
                               aperturadas para el ejercicio fiscal 2023.                                                                                  ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior
                                                                                                                                                           y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las
                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación                      observaciones realizadas.
                               alguna respecto a este resultado.”

                               (…)

                            Debido a lo anterior, este Resultado: AF-04 permanece sin observación.                                                         Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley
                                                                                                                                                           General de Contabilidad Gubernamental; 86 fracción V, 96 y 99 fracciones I y III de la Ley
                            El siguiente Resultado: AF-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                                     del Impuesto Sobre la Renta; 26 primer párrafo fracción I, 29, 29-A y 32-G fracción I del
                            se transcribe a continuación:                                                                                                  Código Fiscal de la Federación; y 5 y 13 del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado
                                                                                                                                                           por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.

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