Page 8 - San Felipe Usila
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Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e (…)
Inmuebles de los Entes Públicos.
INFORME FINAL DE AUDITORÍA “RESULTADO: AF-05 CON OBSERVACIÓN
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
como no solventado el Resultado: AF-03. De la revisión a la sub-subcuenta 51111-1132 SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA, se constató que el H.
Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de
El siguiente Resultado: AF-04 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de Egresos en cantidad de $7,218,936.16 (Siete millones doscientos dieciocho mil novecientos treinta y seis
Auditoría, mismo que se transcribe a continuación: pesos 16/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
respaldados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, relativa a la plantilla de
(…) personal, tabulador salarial, expedientes de personal, contratos de prestación de servicios, la nómina
donde consigne el salario percibido por concepto de servicios personales, los días trabajados, las
percepciones y deducciones correspondientes y en su caso los controles de asistencia del personal
debidamente firmados; asimismo, no presentó Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, lo anterior
como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01.
“RESULTADO: AF-04 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley General de
Estado de Oaxaca, se constató que ministró al H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito Contabilidad Gubernamental; 86 fracción V, 96 y 99 fracciones I y III de la Ley del Impuesto Sobre la
de Tuxtepec, Oaxaca, los recursos siguientes: Renta; 26 primer párrafo fracción I, 29, 29-A y 32-G fracción I del Código Fiscal de la Federación; y 5 y 13
del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
Ramo General 28 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
N/P FONDO CANTIDAD
1 Ramo General 28, Participaciones a Entidades $16,664,895.00 (Dieciséis millones seiscientos sesenta y cuatro
Federativas y Municipios, incluyendo los ajustes. mil ochocientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.) Pliego de observaciones:
TOTAL $16,664,895.00 2023-OA/CPM/037/2024-PO-04.
Ramo General 33
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
N/P FONDO CANTIDAD documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $7,218,936.16 (Siete millones
doscientos dieciocho mil novecientos treinta y seis pesos 16/100 M.N.), conforme a la observación
1 III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social $44,035,177.91 (Cuarenta y cuatro millones treinta y cinco detallada en este resultado.”
Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del mil ciento setenta y siete pesos 91/100 M.N.)
Distrito Federal (FAISMUN), incluyendo los ajustes. (…)
TOTAL $44,035,177.91
Los cuales fueron registrados en el Sistema de Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
fiscal 2023, identificando que los registros contables y presupuestarios se encuentran soportados con Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
la documentación comprobatoria relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, así como, transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL, en cantidad de $7,218,936.16
que los recursos ministrados fueron depositados en las cuentas bancarias productivas especificas (Siete millones doscientos dieciocho mil novecientos treinta y seis pesos 16/100 M.N.), no
aperturadas para el ejercicio fiscal 2023. ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación observaciones realizadas.
alguna respecto a este resultado.”
(…)
Debido a lo anterior, este Resultado: AF-04 permanece sin observación. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 86 fracción V, 96 y 99 fracciones I y III de la Ley
El siguiente Resultado: AF-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que del Impuesto Sobre la Renta; 26 primer párrafo fracción I, 29, 29-A y 32-G fracción I del
se transcribe a continuación: Código Fiscal de la Federación; y 5 y 13 del Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado
por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2023.
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