Page 9 - San Felipe Usila
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Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad INFORME FINAL DE AUDITORÍA
como no solventado el Resultado: AF-05. Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito en cantidad de $36,608.32 (Treinta y seis mil seiscientos ocho pesos 32/100 M.N.),
El siguiente Resultado: AF-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización
se transcribe a continuación: Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas
las observaciones realizadas.
(…)
“RESULTADO: AF-06 CON OBSERVACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2161 MATERIAL, ARTÍCULOS Y ENSERES PARA EL ASEO, LIMPIEZA E Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de
HIGIENE, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $36,608.32 (Treinta y seis mil seiscientos ocho
pesos 32/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa a las solicitudes de adquisición y como no solventado el Resultado: AF-06.
autorización, tres cotizaciones como mínimo de distintos proveedores, cuadro comparativo, asimismo,
no presentó evidencia de la recepción y destino de los productos adquiridos, lo anterior como se detalla
a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO FUENTE DE FINANCIAMIENTO CAJA El siguiente Resultado: AF-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE
3672 31/12/2023 36,608.32 1077 31/12/2023 36,608.32 PARTICIPACIONES (RAMO 28) - 36,608.32
RECURSOS FEDERALES
(…)
TOTAL $36,608.32 $36,608.32 $36,608.32
Continúa cuadro a la derecha… “RESULTADO: AF-07 CON OBSERVACIÓN
COMPROBANTE IMPORTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO OBSERVADO De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2412 MATERIALES ELABORADOS PARA CONSTRUCCIÓN Y ACABADOS,
se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, afectó
8CE13ACC-201F- ABASTECEDORA E PAGO DE 15 CLORO 3.5 LITROS, 15 PINOL 5 L, el Presupuesto de Egresos en cantidad de $426,800.00 (Cuatrocientos veintiséis mil ochocientos pesos
00/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados
28/12/2023 4B5F-9C8E- INSUMOS JIVE SA DE 36,608.32 30 NESCAFÉ CLÁSICO, 10 TE INSTANTÁNEO, 36,608.32 con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente,
conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio las mejores condiciones
C50FEC60BDBD CV 20 PAPEL HIGIÉNICO... disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias
pertinentes; así como la evidencia de la recepción y destino de los materiales adquiridos, lo anterior
$36,608.32 $36,608.32 como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
acción: Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Pliego de observaciones: Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
2023-OA/CPM/037/2024-PO-05. para el Ejercicio Fiscal 2023.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $36,608.32 (Treinta y seis acción:
mil seiscientos ocho pesos 32/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
(…)
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